REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida sede El Vigía.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución
El Vigía, 17 de Septiembre de 2015

205º y 156º

Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente expediente, y vista el Acta de 11-08-2015, inserta al folio treinta y tres (33) del presente expediente, mediante la cual la ciudadana: ROCIO DAYNNES MENDOZA MARIN, expuso: “Quiero informar al tribunal que el padre mi hijo esta muy delicado de salud y actualmente no puede trabajar, en esta situación tiene mas de cuatro meses, de hecho a la primera audiencia no pudo venir porque estaba hospitalizado. Así que mi voluntad es no continuar con el juicio, desistir de la demanda y cuando el se mejore si no es posible que nos pongamos de acuerdo en cuanto a lo que él le debe aportar a mi hijo yo iniciaría la demanda. Además nosotros hemos mejorado nuestra comunicación”. En consecuencia, por lo anteriormente expuesto este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, SEDE EL VIGÍA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA, EL CIERRE Y ARCHIVO del presente expediente signado con el Nº CP-DP-2015-4924. DEMANDANTE: MENDOZA MARIN ROCIO DAYNNES. DEMANDADO: ARAQUE RAMIREZ JHONNY JOSE. Motivo: FIJACION DEL MONTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION. Procedencia: FISCALIA UNDECIMA DEL MINISTERIO PUBLICO. Fecha de Entrada: 30-03-2015. -------------------------------------------------------------------------- CERTIFÍQUESE POR SECRETARIA, LAS COPIAS FOTOSTÁTICAS DE LA SENTENCIA INSERTA AL FOLIO TREINTA Y CUATRO (34), DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 248 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL, DEBIÉNDOSE INSERTAR AL PIE DE LA MISMA EL CONTENIDO DEL PRESENTE AUTO. CÚMPLASE.---------------------------------------------------------------------------------------------------

LA JUEZA PROVISORIO


ABG. ALIX MILENA MARQUEZ JAIMES
LA SECRETARIA TITULAR


ABG. MARIA FABIOLA CHACON ORTIZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.

La Sria.

Exp. Nº CP-DP-2015-4924
AMMJ/mpdeb