TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA.- Mérida, veintidós (22) de septiembre de dos mil quince (2.015).-
205° y 156°
Visto el DESISTIMIENTO hecho por el oferente, mediante diligencia de fecha veintiuno (21) de septiembre de dos mil quince (2.015), que corre inserta al folio ciento y cuatro (54) de la presente solicitud. Este Tribunal luego de un análisis exhaustivo de los puntos que conforman el mismo, observa que este no vulnera el orden público, ni transgrede ninguna disposición legal, y no viola el derecho a la defensa e igualdad de las partes en el debido proceso, premisas constitucionales que son de indubitable cumplimiento para una sana y recta administración de justicia, tal como lo prescribe la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por consiguiente ESTE TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA EL PRESENTE DESISTIMIENTO, IGUALMENTE SE DA POR TERMINADO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA. En consecuencia, se acuerda lo solicitado por la parte oferente de hacer formal entrega de la cantidad de CIENTO CUARENTA Y UN MIL SETECIENTOS VEINTIOCHO BOLÍVARES CON NOVENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (141.728,99) más los intereses devengados hasta la presente fecha, cantidad esta que se encuentra depositado en la cuenta de ahorro N° 175-0040-61-0061836063 a nombre del ciudadano VALENTÍN ANTONIO GONZÁLEZ, cuya libreta se encuentra bajo el resguardo de éste Tribunal y se ordena el archivo del expediente una vez conste en autos la entrega de dicha cantidad a la parte oferente.
DADO, SELLADO Y FIRMADO EN LA SALA DE DESPACHO DE ESTE TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. En la ciudad de Mérida, a los veintidós (22) días del mes de septiembre de dos mil quince (2.015). Años 205º de la Independencia y 156º de la Federación.
LA…….
JUEZ
ABG. MARÍA ELCIRA MARÍN OSORIO
EL SECRETARIO
ABG. ARMANDO JOSÉ PEÑA.
En la misma fecha se copió y publicó, siendo las 9:00 de la mañana. Quedando su asiento en el libro diario bajo el N° 02.- Se oficio bajo el 468.-
SRIO.
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