REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Único de Primera Instancia en Funciones de Ejecución con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Mérida.
Mérida, 04 de abril de 2016
205º y 156º
ASUNTO PRINCIPAL : LP02-S-2013-000280
ASUNTO : LP02-S-2013-000280
EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL
Visto el escrito presentado por el ciudadano WILMER JOSÉ ANCIANI PEREIRA, donde solicita: 1. la extinción de la acción penal impuesta por el tribunal de juicio de este circuito judicial penal, por haber cancelado la multa impuesta por el mismo tribunal, 2.- la entrega material de los objetos que reposan en cadena de custodia en el Cuerpo De Investigaciones Cientificas Penales Y Criminalisticas Sub Delegacion Merida Las Cuales Son, Un Revolver Marca Arminius, Una Escopeta Marca Sarragueta y un porte arma de su exclusiva propiedad, 3.- sea nombrado correo expreso.
Visto como a sido las actuaciones de la presente causa, este tribunal, constata que riela en los folios 338 y 339 pago de la multa acordada por el tribunal de juicio de este circuito judicial penal con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer, dispositiva del tribunal de juicio de este circuito que riela al folio 330 en su segundo se lee que una vez cancelado la multa podrá retirar los objetos que se encuentran en cadena de custodia, que se encuentran en el Cuerpo De Investigaciones Científicas Penales Y Criminalisticas Sub Delegación Mérida.
Así las cosas este tribunal, verificado como a sido, que el ciudadano WILMER JOSÉ ANCIANI PEREIRA a cumplido con lo ordenado por el tribunal de juicio de este circuito judicial penal, lo ajusto a derecho es declarar la extinción de la acción penal de la presenta causa de conformidad con el articulo 49 numeral 04 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del ciudadano WILMER JOSÉ ANCIANI PEREIRA, y asi se decide.
Por lo antes expuesto se acuerda la entrega de los objetos que reposan en el Cuerpo De Investigaciones Científicas Penales Y Criminalisticas Sub Delegación Mérida, y que pertenecen al ciudadano WILMER JOSÉ ANCIANI PEREIRA como son: . 1.- de un (1) REVOLVER Arminius, Calibre 38, made in Germany, empuñadura de material sintético, color negro, apreciándose un serial Nº 1535630, tal como se evidencia en cadena de custodia Nº 2012-783. de fecha 11/06/2012, suscrita por el funcionario del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalisticas del estado Bolivariano de Mérida; Wilmer Pérez. 2.- de un (1) arma de fuego, TIPO ESCOPETA, marca: jj sarrasqueta, calibre 12, cañón corto, hecho en Venezuela con un emblema en bajo relieve, a un ave con las alas abiertas y laureles, letras donde se lee COVAVENCA, tal como tal como se evidencia en la cadena de custodia Nº 2012-783, de fecha 11/06/2012, 3.- un porte de arma signado con el numero 19086, a nombre del ciudadano WILMER JOSÉ ANCIANI PEREIRA, tal como se evidencia en la cadena de custodia Nº 2012-784, de fecha 11/06/2012, suscrita por el funcionario del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalisticas del estado Bolivariano de Mérida; Wilmer Pérez ; 4.- Así mismo factura del local Corredor Hermanos, signada con el Nº 15151, de un arma de fuego tipo revolver marca ARMINIUS; factura del local Corredor Hermanos, signada con el Nº 09017, de un arma de fuego tipo escopeta marca JJ SARRASQUETA; 5.- un documento signado con el Nº 018361 de padrón de arma Nº 317, tal como se evidencia de cadena de custodia signada con el Nº 2012-785, tal como se evidencia en la cadena de custodia Nº 2012-784, de fecha 11/06/2012, suscrita por el funcionario del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalisticas del estado Bolivariano de Mérida; Wilmer Pérez.y asi se decide.
Se nombra correo expreso al ciudadano JOSÉ ANCIANI PEREIRA, para que entregue los oficios a la Comisario Jefe Dennys Granadillo del cuerpo de investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas del estado Bolivariano de Mérida
Por todo lo expuesto, este Tribunal Único de Primera Instancia en Funciones de Ejecución con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: la extinción de la acción penal de la presenta causa de conformidad con el articulo 49 numeral 04 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del ciudadano WILMER JOSÉ ANCIANI PEREIRA, Y ordena el archivo judicial de la presente causa. SEGUNDO: se acuerda la entrega de los objetos que reposan en el Cuerpo De Investigaciones Cientificas Penales Y Criminalisticas Sub Delegacion Merida, y que pertenecen al ciudadano WILMER JOSÉ ANCIANI PEREIRA como son: . 1.- de un (1) REVOLVER Arminius, Calibre 38, made in Germany, empuñadura de material sintético, color negro, apreciándose un serial Nº 1535630, tal como se evidencia en cadena de custodia Nº 2012-783. de fecha 11/06/2012, suscrita por el funcionario del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalisticas del estado Bolivariano de Mérida; Wilmer Pérez. 2.- de un (1) arma de fuego, TIPO ESCOPETA, marca: jj sarrasqueta, calibre 12, cañón corto, hecho en Venezuela con un emblema en bajo relieve, a un ave con las alas abiertas y laureles, letras donde se lee COVAVENCA, tal como tal como se evidencia en la cadena de custodia Nº 2012-783, de fecha 11/06/2012, 3.- un porte de arma signado con el numero 19086, a nombre del ciudadano WILMER JOSÉ ANCIANI PEREIRA, tal como se evidencia en la cadena de custodia Nº 2012-784, de fecha 11/06/2012, suscrita por el funcionario del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalisticas del estado Bolivariano de Mérida; Wilmer Pérez ; 4.- Así mismo factura del local Corredor Hermanos, signada con el Nº 15151, de un arma de fuego tipo revolver marca ARMINIUS; factura del local Corredor Hermanos, signada con el Nº 09017, de un arma de fuego tipo escopeta marca JJ SARRASQUETA; 5.- un documento signado con el Nº 018361 de padrón de arma Nº 317, tal como se evidencia de cadena de custodia signada con el Nº 2012-785, tal como se evidencia en la cadena de custodia Nº 2012-784, de fecha 11/06/2012, suscrita por el funcionario del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalisticas del estado Bolivariano de Mérida; Wilmer Pérez. TERCERO: Se nombra correo expreso al ciudadano JOSÉ ANCIANI PEREIRA, para que entregue los oficios a la Comisario Jefe Dennys Granadillo del cuerpo de investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas del estado Bolivariano de Mérida. En consecuencia líbrese el correspondiente oficio. Cúmplase.
EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCION
ABG. ARQUIMEDES MONZON
LA SECRETARIA
ABG. MARLEY CONTRERAS
En fecha ___________, se cumplió con lo ordenado bajo los Nros______________________________________. Conste/sria.
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