REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida
Mérida, jueves cuatro (04) de agosto de dos mil dieciséis (2016)
206º y 157º
ACTA DE MEDIACIÓN
ASUNTO N° LP21-L-2016-000076
PARTE ACTORA: Ciudadano JUNIOR XAVIER TREJO ARAQUE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.523.216.
ABOGADOS APODERADOS DE LA PARTE DEMANDANTE: RONALD EDUARDO CALDERON JEREZ, NELLY J. RAMIREZ C., LUIS ALBERTO CAMINOS ANGULO, NANCY JOSEFINA CALDERON TREJO, ELIAS BENIGNO CHIRINOS QUERALES, MARIA MERCEDES RAMIREZ M. y otros.
PARTE DEMANDADA: Ciudadano JORGE TOMAS FERMIN TORRES, titular de la cedula de identidad 10.105.834, en su condición de patrono y propietario de la Entidad de Trabajo COMERCIALIZADORA CREFF de JORGE FERMIN TORRES, inscrita por ante el registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, bajo el No. 14, Tomo 7-B, de fecha 18 de febrero del año 2010, representada legalmente por el Jorge Tomas Fermín Torres.
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: MARCELLA E. ALTAMIRANDA, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 210.837.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
En el día hábil de hoy, jueves cuatro (04) de agosto de dos mil dieciséis (2016), siendo las 10:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, este Tribunal deja constancia de la comparecencia de la parte demandante ciudadano JUNIOR XAVIER TREJO ARAQUE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.523.216, y su apoderada judicial la abogada NELLY J. RAMIREZ C., inscrito en el IPSA bajo el Nro. 60.952, también compareció a esta Audiencia la parte demandada ciudadano JORGE TOMAS FERMIN TORRES, titular de la cedula de identidad 10.105.834, en su condición de patrono y propietario de la Entidad de Trabajo COMERCIALIZADORA CREFF de JORGE FERMIN TORRES, inscrita por ante el registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, bajo el No. 14, Tomo 7-B, de fecha 18 de febrero del año 2010, y su abogada asistente MARCELLA E. ALTAMIRANDA, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 210.837, una vez iniciada la Audiencia Preliminar se logró entre las partes la siguiente mediación por la cantidad de CIENTO VENTE MIL CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 120.050,00), el monto mediado se pagara en siete pagos de DIECISIETE MIL CIENTO CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 17.150,00) cada uno, en las siguientes fechas: primer pago el día viernes 12 de agosto de 2016; el segundo pago el día lunes 12 de septiembre de 2016; el tercer pago el día jueves 13 de octubre de 2016; el cuarto pago el día lunes 14 de noviembre de 2016; el quinto pago el día lunes 12 de diciembre de 2016; el sexto pago el día jueves 12 de enero de 2017; y el séptimo pago el día lunes 13 de febrero de 2017, pagos que se realizaran mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente Nro. 01750040690071901615 del Banco Bicentenario, de la cual es titular el ciudadano JUNIOR XAVIER TREJO ARAQUE, con el monto mediado no quedara saldo pendiente a favor del Trabajador por los conceptos demandados. En el presente arreglo, las partes manifiestan que quedan en un todo conforme y declaran que nada quedaran a deberse por el concepto mediado. Este Tribunal en vista que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se ordena el archivo del presente expediente al sexto (06) día hábil siguiente al ultimo pago convenido, sino consta incumpliendo en el pago.
La Juez,
Abg. María Carolina Sánchez Quintero. La Secretaria,
Abg. María Alejandra Gutiérrez P.
Los Presentes,
JUNIOR XAVIER TREJO ARAQUE NELLY J. RAMIREZ C.
JORGE TOMAS FERMIN TORRES MARCELLA E. ALTAMIRANDA
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