REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN. SEDE MÉRIDA

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida con sede en Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Mérida, 09 de agosto de 2016

206º y 157 º

Revisado como ha sido el presente Expediente en atención al Informe Social inserto a los folios (497 y 498), así como las recomendaciones de la Psicológico y psiquiátrica. Visto igualmente que la Jueza del Tribunal en las diferentes visitas realizadas encontró la necesidad de Modificar la Medida de Colocación En Entidad de atención, siendo importante que la adolescente SE OMITE NOMBRE ART. 65 LOPNNA, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-27.668.505, cambie de entorno, a los fines de que supere las aplicaciones y las vivencias dentro de la Entidad de Atención de Divino Niño, razón por la cual este Tribunal Primero de Primera Instancia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela ACUERDA, Modifica la medida dictada en fecha 20/09/2005 de conformidad con el artículo 131 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y en su lugar dicta Medida de Colocación en la Unidad de Protección Integral, Águilas del Caribay, a favor de la adolescente antes mencionada; en consecuencia, las responsables de la Entidad Divino Niño deberá hacer entrega de los objetos personales y documentación a la adolescente para el traslado de la misma, este Tribunal acuerda el apoyo del Trabajador Social de este Circuito Judicial. Así mismo se Exhorta a las representantes de la Entidad Divino Niño a realizar los exámenes médicos pertinentes. Ofíciese al Trabajador Social y a la Entidad de Atención Divino Niño y a la Unidad de Protección Integral Águilas del Caribay. CUMPLASE.-


LA JUEZA SUPLENTE


ABG. ZULMA CARRERO


LA SECRETARIA TEMPORAL

ABG. FABIOLA COLMENARES


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.

LA SRIA,


fm/ 11075