AUDIENCIA DE MEDIACIÓN Y CONCILIACION
En el día de hoy, Diez (10) de Febrero de Dos Mil Quince, siendo las Diez de la mañana, día y hora para que tenga lugar el ACTO DE AUDIENCIA DE MEDIACIÓN de conformidad con el artículo 103 de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda. Se anunció el acto a la puerta de este Tribunal, previo el pregón de Ley hecho por el Alguacil. Se abrió el acto. Se encuentra presente la ciudadana GLEYDA LYCDEYRE CHACON PEREIRA, titular de cedula de identidad N° 10.713.861, (parte demandante) asistida por el abogado RAMON ABRAHAN OVIEDO MONTOYA., inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 59.744. Igualmente se encuentra presente la ciudadana HERMELINDA OSUNA, titular de cedula de identidad N° 8.006.463, (parte demandada), asistida por el abogado SAMUEL A. ROMERO R., inscrito en el inpreabogado bajo el N° 112.634,. Seguidamente, se le concede el derecho de palabra a la parte demandada ciudadana Hermelinda Osuna asistida de abogado y concedídole expuso: “Nos oponemos a la demanda ya que no reconocemos la parte actora porque se nos fue violado el derecho de preferencia ofertiva, consagrado en el artículo 131 y 132 de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda”. Es todo”. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la parte actora ciudadana Gleyda Chacón, asistida de abogado y concedídole expuso: “Mi asistida insiste en la demanda por cuanto tiene la cualidad necesaria para sostener el juicio situación que se probará en la etapa legal correspondiente”. Es todo. Vista la exposición realizada por la partes y no siendo posible llegar a algún acuerdo, es por lo que se da por concluida la presente audiencia de mediación y conciliación realizada y como consecuencia de ello, se exhorta a la parte demandada asistida de abogado, proceder a realizar la contestación del fondo de la demanda dentro de los DIEZ días de Despacho siguiente al de hoy de conformidad con el artículo 107 de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda. Es todo. En fe de lo ante expuesto se levanta la presente acta que leen y firman los presentes. Es todo.
LA JUEZ TITULAR,
DRA; FRANCINA MARIA RODULFO ARRIA.
PARTE DEMANDANTE;
PARTE DEMANDADA,
ABOGADO ASISTENTE PARTE ACTORA;
ABOGADO ASISTENTE PARTE DEMANDADA;
LA SECRETARIA,
ABG. SUSANA EVELIA PARRA CALDERON.
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