REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
205º y 156º
Expediente Nro. 14507
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
SOLICITANTES: HARVY RAUL QUEZADA MUÑOZ y ANYULIT MARQUEZ CARRERO venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-29.794.836 y V- 16.605.587.
MOTIVO: DIVORCIO 185-A
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
En el día de hoy, Lunes 18/01/02016, se deja constancia de la incomparecencia de los ciudadanos HARVY RAUL QUEZADA MUÑOZ y ANYULIT MARQUEZ CARRERO, ni por si, ni por medio de apoderado judicial, a la audiencia fijada para el día de hoy. En consecuencia, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA el DESISTIMIENTO del presente procedimiento y terminado el proceso de conformidad a lo establecido en el articulo 522 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente. En consecuencia, se ordena el cierre y la remisión del presente asunto al archivo judicial. CUMPLASE.
LA JUEZ

ABOG. DOANA RIVERA HERRERA
SECRETARIA ACCIDENTAL

ABOG. WENDY SANCHEZ

DRH/wasc