TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA.
Mérida, quince (15) días del mes Enero de dos mil dieciséis (2.016)

205° y 156°

SOLICITANTE: FRANCISCO ALBERTO BRAZON RODRIGUEZ. Venezolano, mayor de edad, viudo, titulares de la Cédula de Identidad N- 2.637.732;, respectivamente, domiciliados en la Ciudad de Mérida Estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábiles, asistidos en este acto por el Abogado en ejercicio RIGOBERTO DE J. ZAMBRANO , venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 2.286.870, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 20.600, de este domicilio y jurídicamente hábil.

MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.

SOLICITUD N° 00382
CAPITULO I
DE LA NARRATIVA

Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, interpuesta por el ciudadano FRANCISCO ALBERTO BRAZON RODRIGUEZ. Venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 2.637.732, respectivamente, domiciliados en la Ciudad de Mérida Estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábiles, asistidos en este acto por el Abogado en ejercicio RIGOBERTO DE J. ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 2.286.870, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 20.600, de este domicilio y jurídicamente hábil, en virtud de la cual requiere a este Tribunal se declare como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la Causante CEFERINA SOSA DE BRAZON, quien era venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad V- 670.481, natural del estado Mérida , quien falleciera Ab Intestato, en Mérida Municipio libertador , en fecha veintitrés (23) de Julio del año



2015, como consta en la Copia Certificada del Acta de Defunción expedida por Registro Civil de la Parroquia El Llano , Municipio Libertador del Estado Mérida inserta bajo el Nº 68, correspondiente al año 2015, a los Ciudadanos: FRANCISCO ALBERTO BRAZON RODRIGUEZ, venezolanos, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad V- 2.637.732, respectivamente, en su carácter de Cónyuge y como desprende de las copia certificada del acta de defunción y a los ciudadanos EUGENIA VICTORIA BRAZON SOSA, FRANK REINALDO BRAZON SOSA, RUBEN DARIO BRAZON SOSA Y MARIANINA DEL VALLE BRAZON SOSA, venezolanos todos mayores de edad, titulares de la cedula de identidad N° V- 10.712.366, V- 10.712.365, V- 11.953.318 Y V- 12.349.777 en su Carácter de Hijos, partidas de nacimiento y las copias simples de las Cédulas de Identidad, presentados por quien solicita a este Tribunal se realice la respectiva declaratoria.

Visto igualmente los recaudos acompañados a la presente solicitud, consistentes en:
A)- Copia Certificada del Acta de Defunción de la Ciudadana CEFERINA SOSA DE BRAZON, inserta por ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia El Llano, Municipio Libertador del Estado Mérida, bajo el No 68, correspondiente al año dos mil quince (2015), (folios 02 y 03 con sus vueltos).

B)- Copia certificada de la Acta de Matrimonio de los Ciudadanos FRANCISCO ALBERTO BRAZON RODRIGUEZ y CEFERINA SOSA DE BRAZON, inserta por ante el Registro Civil de la Parroquia Sagrario, Municipio Libertador del Estado Mérida, bajo el No 129, Folio 348 y 349, correspondiente al año mil novecientos sesenta y nueve (1969). (Folio 04 con su vuelto).

C)- Copias certificadas de las Partidas de Nacimiento de los Ciudadanos EUGENIA VICTORIA BRAZON SOSA, FRANK REINALDO BRAZON SOSA, RUBEN DARIO BRAZON SOSA Y MARIANINA DEL VALLE BRAZON SOSA, inserta por ante el Registro Civil de Municipio Libertador del Estado Mérida, bajos los Nros 3065, 2999, 303 y 22, correspondiente a los años 1970, 1971, 1973y 1974. (Folios 05, 06, 07 y 08 con sus vueltos).

D)- Copias simples de las Cédulas de Identidad de los Ciudadanos FRANCISCO ALBERTO BRAZON RODRIGUEZ (conyugue), CEFERINA SOSA DE BRAZON (Causante), y de los hijos: EUGENIA VICTORIA BRAZON SOSA, FRANK REINALDO BRAZON SOSA, RUBEN DARIO BRAZON SOSA Y MARIANINA DEL VALLE BRAZON SOSA (Folios 09, 10, 11, 12, 13 y 14).

E)- Declaración de los testigos los Ciudadanos: JOSE RICARDO GONZALEZ BONILLA, BENITO ANTONIO MORENO GALLARDO Y ANTONIO JOSE RUIZ RAMIREZ, quienes fueron presentados por la parte interesada por ante este Tribunal, en fecha ocho (08) de Diciembre de dos mil Quince (2.015) (Folios 22, 23 y 24 con sus vueltos). Esta Juzgadora al encontrar que la anterior solicitud no ha sido objetada ni ha tenido oposición de ninguna naturaleza y por cuanto estima suficientes en Derecho las actuaciones y recaudos acompañados, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada por ante este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, en fecha ocho (08) de Diciembre de dos mil Quince (2.015) en atención y consideración a las razones ya expuestas es por lo que este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, considera SUFICIENTES Y BASTANTES las presentes actuaciones para declarar de conformidad con el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, como TITULO ASEGURATIVO, derecho que les asiste a los Ciudadanos: FRANCISCO ALBERTO BRAZON RODRIGUEZ, venezolanos, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad V- 2.637.732, respectivamente, en su carácter de Cónyuge y como desprende de las copia certificada del acta de defunción y a los ciudadanos EUGENIA VICTORIA BRAZON SOSA, FRANK REINALDO BRAZON SOSA, RUBEN DARIO BRAZON SOSA Y MARIANINA DEL VALLE BRAZON SOSA, venezolanos todos mayores de edad, titulares de la cedula de identidad N° V- 10.712.366, V- 10.712.365, V- 11.953.318 Y V- 12.349.777 en su Carácter de Hijo, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la Causante CEFERINA SOSA DE BRAZON, quien era venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad V- 670.481, natural del estado Mérida, dejando a salvo los derechos que pudieran asistirle a terceras personas. DADO, SELLADO, FIRMADO Y REFRENDADO EN LA SALA DE DESPACHO DE ESTE TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. En la Ciudad de Mérida, a los quince (15) días del mes de Enero del año dos mil dieciséis (2.016). Años 205° de la Independencia y 156° de la Federación.

LA JUEZA

ABG. MIREYA FLORES FLORES






LA SECRETARIA,

ABG. THAIS FLORES. MORENO

En la misma fecha se publico la anterior decisión siendo las dos y treinta de la tarde, quedando asentada en el libro diario y se dejo copia certificada de esta sentencia por secretaría, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.-

LA SECRETARIA