REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 22 de Febrero de 2016
205º y 156º
Expediente Nro. 14227
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: SUJEY DEL VALLE TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.920.435.
DEMANDADO: NESTOR EDUARDO ALTAMIRANDA RIVAS, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° V-14.267.733.
MOTIVO: REVISION Y AUMENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION Y BONOS
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
En el día de hoy, Lunes 22/02/2016, presente los ciudadanos SUJEY DEL VALLE TORRES y NESTOR EDUARDO ALTAMIRANDA RIVAS, llegaron al presente convenimiento de fijación de obligación de manutención y bonos especiales en beneficio del niño OMITIR NOMBRE, de 9 años de edad en los siguientes términos: El padre aportara la cantidad mínima de TRES MIL BOLIVARES (Bs.3.000,00) mensuales. El bono escolar por la cantidad mínima de DIECIOCHO MIL BOLIVARES (Bs.18.000,00) y el bono de navidad en la cantidad de VEINTE MIL BOLIVARES (Bs.20.000,00), cantidades que aumentaran el 25% anual y serán depositados a la cuenta de ahorro del Banco Sofitasa N° 0137-0021-4100-0320-4512 la cual se encuentra a nombre de la madre. Asimismo la madre se comprometió a suminístrale al padre la lista de útiles y de uniformes necesarios para la época escolar y de igual manera en diciembre para que cumpla con el 50% de los gastos. Las partes manifiestan su conformidad y solicitan se homologue el presente acuerdo y se cierre el expediente. Oídas las exposiciones de las partes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: Homologar el acuerdo total celebrado entre los ciudadanos SUJEY DEL VALLE TORRES y NESTOR EDUARDO ALTAMIRANDA RIVAS, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada. Se ordena el cierre del expediente y el archivo del mismo. CUMPLASE.


LA JUEZ


ABOG. DOANA RIVERA HERRERA

LA SECRETARIA TEMPORAL

ABOG. FABIOLA COLMENARES