REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 24 de Febrero de 2016
205º y 156º
Expediente Nro. 14574
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: JUDITH JANET QUINTERO AVENDAÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.422.409.
DEMANDADO: YORDANO ALBERTO CUEVAS VILLARREAL, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° V-17.340.132.
MOTIVO: REVISION Y AUMENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION Y BONOS
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
En el día de hoy, Miércoles 24/02/2016, presente los ciudadanos JUDITH JANET QUINTERO AVENDAÑO y YORDANO ALBERTO CUEVAS VILLARREAL, llegaron al presente convenimiento de fijación de obligación de manutención y bonos especiales en beneficio de las niñas OMITIR NOMBRE, de 8 años de edad y OMITIR NOMBRE, de 5 años de edad, en los siguientes términos: el padre aportara la cantidad de OCHO MIL BOLÍVARES MENSUALES (Bs.8.000, 00) pagaderos en dos cuotas en cada 15 días. Así mismo, el padre fija en la cantidad de TREINTA MIL BOLÍVARES (Bs. 30.000,00) como bono escolar en el mes de agosto. Y la cantidad de CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs. 40.000,00) en el mes de diciembre como bono navideño. La obligación de manutención será depositada en la cuenta de la madre en el banco Provincial que el padre manifiesta conocer. Los bonos especiales serán aportados mediante la adquisición de ropa y calzado y útiles escolares, documentando el pago mediante facturas que el padre presentará para la firma de la madre, el bono escolar a pagar antes del 30 de agosto y el navideño antes del 15 de diciembre. Las partes manifiestan su conformidad y solicitan se homologue el presente acuerdo y se cierre el expediente. Oídas las exposiciones de las partes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: Homologar el acuerdo total celebrado entre los ciudadanos JUDITH JANET QUINTERO AVENDAÑO y YORDANO ALBERTO CUEVAS VILLARREAL, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada. Se ordena el cierre del expediente y el archivo del mismo. CUMPLASE.
LA JUEZ
ABOG. DOANA RIVERA HERRERA
LA SECRETARIA ACCIDENTAL
ABOG. ZULAY GUILLEN
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