REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Tribunal Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida
Mérida, 23 de Febrero del 2016
204º y 156º

ASUNTO: Nº LE41-G-2009-000035

Celebrada como ha sido la audiencia definitiva, en fecha treinta y uno (31) de Enero de 2011 y luego de haber recibido los antecedentes administrativos de conformidad con lo establecido en el Segundo Aparte del articulo 107 de la Ley del Estatuto de la Función Pública; este Órgano Jurisdiccional procede a dictar el dispositivo del fallo en los siguientes términos: “…en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR, el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial incoado por la abogada, MARIEBE DEL CARMEN CALDERON RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-10.712.332, e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo el Nro. 63.905, con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana, DAVID SEGURA PRESAS, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-10.712.332, contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO LIBERTADOR DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA…” y de conformidad con el artículo 108 de la Ley del Estatuto de la Función Pública tendrá lugar la publicación del texto íntegro de la sentencia dentro de los Diez (10) Días de Despacho siguientes a la publicación en autos del presente dispositivo del fallo. Cúmplase.-

LA JUEZA SUPERIOR,

DRA. MORALBA HERRERA
Secretario Accidental


ABG. DEIBY ROJAS
Epx.NºLE41-G-2009-000035