En horas de Despacho del día de hoy, dos de febrero de 2016, siendo la 10:00 de la mañana, día fijado por el Tribunal para la practica de la Notificación de la Querella Interdictal de Amparo por Perturbación, se trasladó y constituyó este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Alberto Adriáni, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida con sede en El Vigía, con la presencia de la Jueza YAMILET FERNANDEZ CARRILLO, titular de la cédula de identidad Nº V-11.467.190 y la Secretaria accidental ALBA CARRERO, titular de la cédula de identidad Nº V-13.021.572, en un inmueble ubicado en la Calle 1, local comercial Nº 1, sector Monte Verde en la ciudad de El Vigía, Municipio Alberto Adriáni del estado Bolivariano de Mérida, por indicación del Abogado ANGEL ATILIO CONTRERAS MIRANDA, titular de la cédula de identidad Nº V-4.699.251, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 25.383, en su condición de apoderado judicial de la ciudadana: ROSTANY ALEJANDRA BLANCO RAMIREZ. En el inmueble se encuentra presente la ciudadana MARYORIS ALVARADO DE LUQUETTA, titular de la cédula de identidad Nº V-24.932.254, a quien este Tribunal le notificó el motivo de su constitución. Previo permiso o autorización de la notificada procedimos a ingresar al interior del inmueble, dando cumplimiento a lo establecido en el Artículo 47 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Seguidamente este Tribunal le concede el derecho de palabra al Apoderado Judicial de la parte actora quien expone: Solicito al Tribunal que le comunique a la notificada que cese en la Perturbación en la Posesión Legitima del local Nº 2, que mantiene la ciudadana ROSTANY ALEJANDRA BLANCO RAMIREZ, desde hace más de cinco (05) años donde tiene instalado su fondo de comercio denominado “Comercializadora Éxito A&R” de ROSTANY BLANCO RAMIREZ, ese cese de la perturbación debe ser en los términos establecidos en el mandamiento de Notificación. Es todo. Este Tribunal concede a la notificada un lapso de espera de treinta (30) minutos a los fines de que se comunique con Abogado de confianza que la asista en el presente acto. Vencido dicho lapso sin que hiciera acto de presencia Abogado de confianza, este Tribunal procede a dar continuidad a la presente medida. Seguidamente este Tribunal para a resolver hace las siguientes consideraciones: PRIMERO: Notifica a la ciudadana MARYORIS ALVARADO DE LUQUETTA, ya identificada, que debe cesar en la perturbación sobre el inmueble consistente en un local comercial construido en bases, columnas y vigas de concreto y cabillas, paredes de bloques revestidas en cemento pulido, techo de tabelón sostenido por vigas de hierro conocidas como doble “T”, revestido en cemento pulido, con su revestimiento en cemento, en su parte exterior la placa, tiene en su frente una escalera de concreto de cuatro escalones, propiedad del local comercial ubicado en la Calle uno (1), local comercial Nº dos (2), sector Monte Verde, en la ciudad de El Vigía Municipio Alberto Adriáni, del estado Bolivariano de Mérida, onde funciona un fondo de comercio denominado “Comercializadora Exitos A&R” de ROSTANY ALEJANDRA BLANCO RAMIREZ. SEGUNDO: El Tribunal se encuentra resguardado por los funcionarios policiales adscritos a la Coordinación Policial Nº 08 de la ciudad de El Vigía, oficial agregado MARILYN MENDEZ, titular de la cédula de identidad Nº 15.356.162 y el Oficial ANTONIO HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nº 22.655.983. TERCERO: Cumplida como ha sido la presente Comisión y no habiendo otra actuación que verificar este Tribunal acuerda regresar a su sede natural, siendo las 11:10 minutos de la mañana. Se deja constancia que no se cobraron emolumentos en virtud de la gratuidad de la justicia, no hubo oposición de Terceros, se respetaron los derechos y garantías constitucionales. Terminó, se leyó y conformes firman.

LA JUEZA,

ABG. YAMILET J. FERNANDEZ CARRILLO
EL APODERADO JUDICIAL.

ANGEL ATILIO CONTRERAS MIRANDA.

LA NOTIFICADA,

MARYORIS ALVARADO DE LUQUETTA.

LOS FUNCIONARIOS POLICIALES.



LA SECRETARIA ACCIDENTAL ,


ALBA J. CARRERO G.