REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida
Mérida, martes diecinueve (19) de julio de dos mil dieciséis (2016)
206º y 157º
ACTA DE DESISTIMIENTO
DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR

ASUNTO N° LP21-L-2016-000078
PARTE ACTORA: ciudadano JOSÉ LUIS QUIÑONES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 16.664.630.
ABOGADO APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: NANCY JOSEFINA CALDERON TREJO, NELLY JOSEFINA RAMIREZ CARRERO, ELIAS BENIGNO CHIRINOS QUERALES, venezolanas, mayores de edad e Inpreabogados Nros. 91.089 y 60.952.
PARTE DEMANDADA: ALCALDÍA DEL MUNICIPIO LIBERTADOR DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, en la persona del ciudadano CARLOS GARCIA, en su condición de Alcalde de la referida Alcaldía.
ABOGADO APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: FREDDY ALBERTO MORA BASTIDAS, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nro. 10.714.024, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 62.509.
MOTIVO: COBRO DE CONCEPTOS LABORALES.

En el día hábil de hoy, martes diecinueve (19) de julio de dos mil dieciséis (2016), siendo las 11:00 a.m., día y la hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, este Tribunal deja constancia de la incomparecencia de ambas partes, ni por si ni por medio de apoderado judicial debidamente acreditado para el presente juicio, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
La Juez,


Abg. María Carolina Sánchez Quintero. La Secretaria,


Abg. Egli M. Dugarte