REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 14 de Julio de 2016
206º y 157º
Expediente Nro. 15575
Analizadas como han sido las actas que integran el presente expediente y verificada la celebración de la audiencia preliminar en fecha 07 de julio del 2016, tal como lo prevé el artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por tratarse de un asunto sometido al procedimiento de jurisdicción voluntaria. Cumplidos así todos los términos procesales correspondientes este Tribunal Primero de Primera de Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara medida de protección definitiva, quedando constituido el Consejo de Tutela a favor de la niña SE OMITEN NOMBRES, de 08 años de edad de la siguiente manera: ARACELIS CECILIA MUÑOZ DE MONCADA Tutora, con aprobación del Consejo de Tutela, MIRIAM JOVINA MONCADA, GERARDO ALFONSO GUZMAN, GERARDO JESUS GUZMAN MONCADA y JOSE ANTONIO SANTANA FRANKLIN, como Protutor FREDDY TOLEDO MONCADA ROMERO y Protutor Suplente, AEJANDRA MARLENY MONCADA MUÑOZ y como Consejo de Tutela integrado por los siguientes ciudadanos: MIRIAM JOVINA MONCADA, GERARDO ALFONSO GUZMAN, GERARDO JESUS GUZMAN MONCADA y JOSE ANTONIO SANTANA FRANKLIN, plenamente identificados en autos, de conformidad con lo previsto en el artículo 177 Parágrafo segundo, literal “b” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente. DIARICESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.DADA, FIRMADA Y SELLADA EN EL TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. En Mérida a los 14 días del mes de julio de 2016. Años 206º de la Independencia y 157º de la Federación.

LA JUEZA,

ABG DOANA RIVERA HERRERA

LA SECRETARIA,

ABG. ANA LEONOR PEÑA DE GONZALEZ

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.

La Secretaria


DRH/zgr