REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 17 de junio de 2016
205º y 157º
Expediente Nro. 15137
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: SUHEY CAROLINA LOSSADA LACRUZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.347.004
DEMANDADO: JOSE TRINIDAD MOGOLLON DIAZ, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° V-10.712.747.
MOTIVO: REVISION AUMENTO DE LA OBLIGACION DE MANUTENCION Y BONOS
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
En el día de hoy, lunes 13/06/2016, presente los ciudadanos SUHEY CAROLINA LOSSADA LACRUZ y JOSE TRINIDAD MOGOLLON DIAZ, llegaron al presente convenimiento de revisión aumento de obligación de manutención y bonos en beneficio del niño SE OMITEN NOMBRES, de 11 años de edad, en los siguientes términos: Ambas partes convienen aumentar la obligación de manutención en la cantidad de SEIS MIL BOLÍVARES MENSUALES (Bs. 6.000,00) mensuales, mas la mitad del costo de la mensualidad del colegio, es decir más MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.500,00), PAGADEROS 15 Y 30 DE CADA MES. Así mismo se aumenta el BONO ESCOLAR a la cantidad de CUARENTA Y CINCO MIL BOLÍVARES (Bs. 45.000,00) pagadero en forma fraccionada antes del 30 de agosto y se aumenta el bono navideño a la cantidad de CUARENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 40.000,00) pagadero antes del 15 del mes de diciembre. De la misma forma el padre deberá aportar el 50% de los gastos médicos, extraordinarios y eventuales que se puedan presentar. De igual forma estas cantidades seguirán siendo depositadas en la cuenta de ahorros del Banco Provincial a nombre de la progenitora. Las partes manifiestan su conformidad y solicitan se homologue el presente acuerdo y se cierre el expediente. Oídas las exposiciones de las partes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: Homologar el acuerdo total celebrado entre los ciudadanos SUHEY CAROLINA LOSSADA LACRUZ y JOSE TRINIDAD MOGOLLON DIAZ, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada. Se ordena el cierre del expediente y el archivo del mismo. Así se decide. Certifíquese por Secretaría, la (s) copia (s) fotostática (s) de la decisión dictada en esta misma fecha, de conformidad con los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZ
ABOG. DOANA RIVERA HERRERA
LA SECRETARIA
ABOG. ANA LEONOR PEÑA DE GONZALEZ
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