REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, sede Mérida.
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
MÉRIDA, (15) de Junio de 2016

205º y 156º
Asunto 10807
Vista el acta levantada en fecha miércoles 15 de junio del presente año al ciudadano WILMER RIVAS ALVARADO en su condición de tío paterno, plenamente identificado en autos, en la cual asume el cuidado del adolescente SE OMITEN NOMBRES. En consecuencia este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, de conformidad con lo previsto en el Artículo 131 y 126 literal “i” de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, acuerda modificar la medida de Protección del adolescente SE OMITEN NOMBRES, el cual se encuentra con su tío WILMER RIVAS ALVARADO, plenamente identificado, CUMPLASE.--------------------------------------------------------------------------------------------

LA JUEZ

ABOG. CONSUELO DEL C. TORO DAVILA
LA SECRETARIA

ABOG. FABIOLA COLMENARES


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.-