REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
MÉRIDA, 15 DE JUNIO DE 2016.
205º y 157º
Asunto Nro. 13101
VISTO.- El convenimiento suscrito por los ciudadanos: Brisneida Zulay Paredes Rivera, titular de la cédula de identidad N° 11.323.373, y Jamal Jaime El Quza Ramírez, titular de la cédula de identidad N° 15.709.623, venezolanos, mayores de edad, solteros, domiciliados en Timotes, capital del Municipio Miranda del Estado Bolivariano de Mérida, y civilmente hábiles, asistidos en este acto por el abogado Celis Argenis Araque, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.049.228, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 53.070; quienes declaran que dentro del concubinato que mantuvieron obtuvieron bienes adquiridos a nombre de Jamal Jaime El Quza Ramírez, a costa del caudal común, razón por la cual declaran la partición sobre los siguientes bienes:
1) Un vehículo Placa AA513KP, Marca TOYOTA, Modelo FORTUNER 4X4 A, Año 2010, Color BEIGE, Clase CAMIONETA, Tipo SPORT WAGON, Serial Carrocería 8XA11ZV50A6002449, Serial Chasis 8XA11ZV50A6002449, Uso PARTICULAR, Nro. Ejes 2, Tara 1905, Capacidad Carga 605 KGS, Servicio PRIVADO.
2) Un vehículo Placa A31AM1D, Marca CHEVROLET, Modelo KODIAK, AÑO 2008, Color BLANCO, Clase CAMION, Tipo CAVA, Serial Carrocería 8ZCP7C1C98V372582, Serial Chasis 8ZCP7C1C98V372582, Serial Motor 98V372582, Uso CARGA, Nro. Ejes 2, Tara 15436, Capacidad Carga 10442 KGS, Servicio PRIVADO.
3) Un vehículo Placa A79AC7G, Marca KENWORTH, Modelo T9006X4 TRACTOR, AÑO 2009, Color ROJO, Clase CAMION, Tipo CHUTO, Serial Carrocería 3WKDD40X39F243361, Serial Chasis 3WKDD40X39F243361, Serial Motor 79295306, Uso CARGA, Nro. Ejes 3, Tara 8060, Capacidad Carga 48000 KGS, Servicio PRIVADO.
4) Un vehículo Placa 04XABU, Marca FORD, Modelo CARGO, AÑO 2008, Color AZUL, Clase CAMION, Tipo CAVA, Serial Carrocería 8YTV2UHG388A18544, Serial Chasis 8A18544, Serial Motor 30246918, Uso CARGA, Nro. Ejes 2, Tara 7700, Capacidad Carga 4650 KGS, Servicio PRIVADO.
5) Un vehículo Placa 25PPAF, Marca FORD, Modelo CARGO, AÑO 2007, Color GRIS, Clase CAMION, Tipo CAVA, Serial Carrocería 8YTV2UHG978A10415, Serial Motor 30221509, Uso PRIVADO, Nro. Ejes 2, Tara 770, Capacidad Carga 4650 KGS, Servicio PRIVADO.
6) Un vehículo Placa 89HLAE, Marca CHEVROLET, Modelo NPR, AÑO 2002, Color BLANCO, Clase CAMION, Tipo CAVA, Serial Carrocería 9GDNPR71L2B554702, Serial Motor 862212, Uso CARGA, Nro. Ejes 2, Tara , Capacidad Carga 6000 KGS, Servicio PRIVADO.
7) Un vehículo Placa AA2G56A, Marca BMW, Modelo R1200 GSADV, AÑO 2008, Color ROJO, Clase MOTO, Tipo PASEO, Serial Carrocería WB10390038ZT98658, Serial Motor 02 CIL, Uso PARTICULAR.
8) Un vehículo Placa A91BE5M, Marca UTIL, TRAILER REFRIGERADO, AÑO 2001, Color BLANCO, Clase REMOLQUE, Tipo TRAYLER, Serial Carrocería 1UYVS12811M637905, Serial Motor N.P, Uso CARGA.
9) Un vehículo Placa 68TKAS, Marca FORD, Modelo CARGO, AÑO 2007, Color BLANCO, Clase CAMION, Tipo CHUTO, Serial Carrocería 9BFYCAWYX7BB90085, Serial Motor 0000036003022, Uso PARTICULAR, Nro. Ejes 2, Tere 16800, Capacidad Carga 39010, Servicio PRIVADO.
10) Un Fondo de Comercio denominado “AGRO BELLO MONTE C.A.”, según consta inscrita en el Registro Mercantil Primero del Estado Bolivariano de Mérida en el Tomo: 84-A R1MERIDA, Número: 7 del año 2009, Número de expediente 379-3253. El objeto principal que desarrolla esta compañía es la de “…compra, venta (…) y transporte de productos agropecuarios, perecederos y víveres en general (…); así como la venta (…) de toda clases de semillas, tales como papas, algodón maíz entre otras…”.
11) Un galpón con su correspondiente terreno, situado al salir de Timotes, Sector La Quebrada, jurisdicción del Municipio Urdaneta, Estado Trujillo. El terreno el demandado lo compró a costa del caudal común a un ciudadano que responde al nombre de Asdrúbal Barroeta, pero la propiedad aún no ha sido protocolizada ante el Registro Público del lugar del inmueble a favor del demandado. El galpón lo construyó el demandado sobre ese terreno también con dinero procedente de los bienes comunes del concubinato, y lo construyó para que sirva de depósito a la compañía anónima “AGRO BELLO MONTE C.A.”.
En consecuencia, hemos llevado a cabo la partición de los bienes concubinarios y quedan divididos y adjudicados de la siguiente manera:
A Jamal Jaime El Quza Ramírez, plenamente identificado, le corresponde en plena propiedad los siguientes vehículos:
a.- Un vehículo Placa AA513KP, Marca TOYOTA, Modelo FORTUNER 4X4 A, Año 2010, Color BEIGE, Clase CAMIONETA, Tipo SPORT WAGON, Serial Carrocería 8XA11ZV50A6002449, Serial Chasis 8XA11ZV50A6002449, Uso PARTICULAR, Nro. Ejes 2, Tara 1905, Capacidad Carga 605 KGS, Servicio PRIVADO.
Este vehículo está valorado actualmente en la cantidad de VEINTISEIS MILLONES DE BOLIVARES (BS. 26.000.000,00).
b.- Un vehículo Placa A31AM1D, Marca CHEVROLET, Modelo KODIAK, AÑO 2008, Color BLANCO, Clase CAMION, Tipo CAVA, Serial Carrocería 8ZCP7C1C98V372582, Serial Chasis 8ZCP7C1C98V372582, Serial Motor 98V372582, Uso CARGA, Nro. Ejes 2, Tara 15436, Capacidad Carga 10442 KGS, Servicio PRIVADO.
Este vehículo está valorado actualmente en la cantidad de DIECIOCHO MILLONES DE BOLIVARES (BS. 18.000.000,00).
c.- Un vehículo Placa A79AC7G, Marca KENWORTH, Modelo T9006X4 TRACTOR, AÑO 2009, Color ROJO, Clase CAMION, Tipo CHUTO, Serial Carrocería 3WKDD40X39F243361, Serial Chasis 3WKDD40X39F243361, Serial Motor 79295306, Uso CARGA, Nro. Ejes 3, Tara 8060, Capacidad Carga 48000 KGS, Servicio PRIVADO.
Este vehículo está valorado actualmente en la cantidad de VEINTIOCHO MILLONES DE BOLIVARES (BS. 28.000.000,00).
d.- Un vehículo Placa 25PPAF, Marca FORD, Modelo CARGO, AÑO 2007, Color GRIS, Clase CAMION, Tipo CAVA, Serial Carrocería 8YTV2UHG978A10415, Serial Motor 30221509, Uso PRIVADO, Nro. Ejes 2, Tara 770, Capacidad Carga 4650 KGS, Servicio PRIVADO.
Este vehículo está valorado actualmente en la cantidad de OCHO MILLONES DE BOLIVARES (BS. 8.000.000,00).
e.- Un vehículo Placa 89HLAE, Marca CHEVROLET, Modelo NPR, AÑO 2002, Color BLANCO, Clase CAMION, Tipo CAVA, Serial Carrocería 9GDNPR71L2B554702, Serial Motor 862212, Uso CARGA, Nro. Ejes 2, Tara , Capacidad Carga 6000 KGS, Servicio PRIVADO.
Este vehículo está valorado actualmente en la cantidad de CUATRO MILLONES SEISCIENTOS MIL BOLIVARES (BS. 4.600.000,00).
f.- Un vehículo Placa A91BE5M, Marca UTIL, TRAILER REFRIGERADO, AÑO 2001, Color BLANCO, Clase REMOLQUE, Tipo TRAYLER, Serial Carrocería 1UYVS12811M637905, Serial Motor N.P, Uso CARGA.
Este vehículo está valorado actualmente en la cantidad de VEINTITRES MILLONES DE BOLIVARES (BS. 23.000.000,00).
g.- Un vehículo Placa 68TKAS, Marca FORD, Modelo CARGO, AÑO 2007, Color BLANCO, Clase CAMION, Tipo CHUTO, Serial Carrocería 9BFYCAWYX7BB90085, Serial Motor 0000036003022, Uso PARTICULAR, Nro. Ejes 2, Tere 16800, Capacidad Carga 39010, Servicio PRIVADO.
Este vehículo está valorado actualmente en la cantidad de OCHO MILLONES DE BOLIVARES (BS. 8.000.000,00).
II A Brisneida Zulay Paredes Rivera, plenamente identificada, le corresponde en plena propiedad los siguientes vehículos:
a.- Un vehículo Placa 04XABU, Marca FORD, Modelo CARGO, AÑO 2008, Color AZUL, Clase CAMION, Tipo CAVA, Serial Carrocería 8YTV2UHG388A18544, Serial Chasis 8A18544, Serial Motor 30246918, Uso CARGA, Nro. Ejes 2, Tara 7700, Capacidad Carga 4650 KGS, Servicio PRIVADO.
Este vehículo está valorado actualmente en la cantidad de NUEVE MILLONES DE BOLIVARES (BS. 9.000.000,00).
b.- Un vehículo Placa AA2G56A, Marca BMW, Modelo R1200 GSADV, AÑO 2008, Color ROJO, Clase MOTO, Tipo PASEO, Serial Carrocería WB10390038ZT98658, Serial Motor 02 CIL, Uso PARTICULAR.
Este vehículo está valorado actualmente en la cantidad de DIECISEIS MILLONES DE BOLIVARES (BS. 16.000.000,00).
III Brisneida Zulay Paredes Rivera cede y traspasa a sus hijos Estefanía El Quza Paredes, Sebastián Zaiyid El Quza Paredes y Gabriel Samir El Quza Paredes, la plena propiedad, posesión y dominio del cincuenta por ciento (50%) que le corresponde en la comunidad concubinaria sobre el NOVENTA POR CIENTO (90%) del capital social de la compañía ”AGRO BELLO MONTE C.A.”, que representa veintidós acciones y media de la compañía. Esta cesión y traspaso se hace en igual proporción, correspondiéndole a cada uno de ellos 7 acciones y media de la compañía, que equivale para cada uno a un quince por ciento (15%) del capital social. Este Fondo de Comercio se encuentra inscrito en el Registro Mercantil Primero del Estado Bolivariano de Mérida en el Tomo: 84-A R1MERIDA, Número: 7 del año 2009, Número de expediente 379-3253.
IV El inmueble a que refiere el punto 11) del libelo de demanda, constante de un galpón con su correspondiente terreno, situado al salir de Timotes, Sector La Quebrada, jurisdicción del Municipio Urdaneta, Estado Trujillo, será dividido una vez que el demandado registre la propiedad en el Registro inmobiliario del lugar del inmueble. Este galpón, con su terreno propio, está valorado actualmente en la cantidad de NOVENTA MILLONES DE BOLIVARES (BS. 90.000.000,00).
El demandado, ciudadano Jamal Jaime El Quza Ramírez, paga las costas y costos procesales, incluyendo los honorarios profesionales, que establece la ley y el Reglamento Interno de Honorarios Mínimos de Abogados, y son de ejecución en la forma como lo establece la ley; subsidiariamente los paga la demandante, ciudadana Brisneida Zulay Paredes Rivera. De esta forma queda formalmente Liquidada la Partición de los bienes adquiridos durante la comunidad conyugal, conforme lo señalado en el acuerdo anteriormente planteado, siendo adjudicado los bienes a ambas partes, quedando conformes y así mismo solicitan sea homologado lo acordado por ellos. En consecuencia, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO suscrito por las partes, identificados en autos, da carácter de cosa juzgada y ordena el archivo del expediente Nº 13101 de Homologación de Partición de los Bienes de la Comunidad Conyugal. CÚMPLASE.-
LA JUEZA
ABG. DOANA RIVERA HERRERA
LA SECRETARIA
ABG. ANA LEONOR PEÑA DE GONZALEZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
SRIA.
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