REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. .-
Ejido, veintisiete de Junio del año dos mil dieciséis (2.016).
205º y 156º
Vista la anterior solicitud, suscrita por el ciudadano JOSÉ RAMÓN MONSALVE REY, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 15.174.152, y civilmente hábil, debidamente asistido por el Abogado en Ejercicio EDGAR AMANDO HERNÁNDEZ SÁNCHEZ, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº V-3.428.056, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 15.721, e igualmente hábil, se acuerda darle entrada y el curso de Ley correspondiente. En tal sentido, se ordena la citación de los ciudadanos MIRIAM JOSEFINA REY DE FERNÁNDEZ, RAMÓN OMAR QUINTERO REY, MARIA CECILIA QUINTERO DE BRICEÑO Y ANA HILDA REY, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cedula de Identidad N° V- 2.457.377, V-3.031.891, V- 3.497.627, y V-3.499.771, en la siguiente dirección: Calle Principal de Santa Mónica, pasaje El Ceibo Nº 250, frente al Bloque 5, Municipio Libertador, Mérida, Estado Bolivariano de Mérida, por cuanto se observa que el domicilio de los referidos ciudadanos esta ubicado en el Municipio Libertador, es por lo que se acuerda EXHORTAR al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida a quien corresponda por distribución, a los fines de que el Alguacil de ese Tribunal practique las respectivas citaciones, y una vez conste en autos las mismas deberá comparecer por ante este Tribunal, al TERCER (3er.) día hábil de Despacho siguiente a que conste en autos su citación, a las ONCE de la mañana (11:00 a.m.), a fin de que reconozca o no su contenido y firma de documento privado, del cual se anexa copia. CÚMPLASE.-
EL JUEZ PROVISORIO.
ABG. NILSON JOSÉ PORRAS ESCALANTE.
EL SECRETARIO.
ABG. HOROSMAN ROJAS PÉREZ.
En esta misma fecha se le dio entrada bajo el Nº 16-580 del libro Registro de Solicitudes y se cumplió con lo ordenado en el auto que antecede. Se libro Exhorto Junto con oficio Nº 2016-_____, al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida en funciones de distribución.-
ROJAS PEREZ. SRIO.
NJPE/hrp.s/mb.
Sol. 16-580