JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- El Vigía, seis de junio de dos mil dieciséis.

206° y 157°

Vista la diligencia de fecha 31 de mayo de 2016 (folio 312, segunda pieza), suscrita por el abogado MARCO ANTONIO DAVILA AVENDAÑO, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, ciudadana TERESA DE JESUS RAMIREZ DE MALDONADO, mediante la cual desiste del presente procedimiento y de la acción en la presente causa y solicita se de por terminado el presente juicio y que se ordene el archivo del expediente, el Tribunal acuerda conforme a lo solicitado. En consecuencia, por cuanto se observa que, de los autos no consta que con dicho desistimiento se lesionen derechos e intereses de beneficiarios de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, diferentes a los litigantes, de conformidad con los artículos 263, 264, 265 y 266 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, homologa dicho desistimiento impartiéndole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada y ordena el archivo del expediente. Así se decide. De conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase por Secretaría, para su archivo, copia fotostática certificada de la presente decisión.



La Juez Provisoria,


Dra. Agnedys Hernández


La Secretaria,


Ab. Ana Thais Núñez Contreras

Exp. Nº 3322.-
amf.-