REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA. Mérida, 04 de del dos mil dieciséis.
205º y 157º

Vista la diligencia de fecha 01 de marzo de 201, suscrita por los abogados en ejercicio BETTY DEL CARMEN CUEVAS DE LOPEZ, apoderada judicial de la parte actora Y ASDRUBAL EBERTO LEO PEÑA, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada la cual obra al folio 174vto del presente expediente, mediante la cual manifiestan su voluntad para homologar el convenimiento celebrado entre ellos. El Tribunal HOMOLOGA dicho convenimiento en los términos por ellas expuestos, le imparte el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada y de conformidad con los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, se da por terminado el proceso, no se ordena el archivo del expediente hasta tanto no conste de autos el cumplimiento total de la obligación contraída y ordena suspender la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar y de embargo, una vez quede firme la presente decisión.. Y así se decide.
EL JUEZ.

ABG/M.Sc JUAN CARLOS GUEVARA LISCANO

LA SECRETARIA TEMPORAL,

ABG. HEYNI D. MALDONADO G.