REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO ACCIDENTAL EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. Mérida, nueve de mayo de dos mil dieciséis.

206° y 157°

Visto el contenido del oficio n° 207-2016, de fecha 25 de abril de 2016, suscrito por la Jueza del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, recibido el 3 del presente mes y año, que obra agregado al folio 120, mediante el cual, a los fines de que surta efectos en el presente procedimiento, hace del conocimiento de esta Superioridad que, se dictó auto de composición procesal en fecha 17 de octubre de 2007, mediante el cual se homologó el desistimiento de la acción principal efectuado por la parte demandante en fecha 15 de octubre de 2007, en los términos contenidos en el mismo; se suspendió la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada por el mencionado Tribunal en fecha 23 de enero de 2006; mediante auto dictado por este Tribunal en fecha 29 de abril de 2007, se declaró definitivamente firme el auto dictado en fecha 17 de octubre de 2007 y en consecuencia se ordenó el archivo del expediente; y en virtud que con dicha decisión quedó concluido el referido proceso; y en razón de la relación de accesoriedad y dependencia jurídico-procesales que la presente incidencia tiene con el referido juicio principal, considera el juzgador que ya no tiene objeto decidir la apelación de la sentencia interlocutoria de fecha 2 de mayo de 2006, de que conoce este Juzgado. En consecuencia, se SOBRESEE el presente procedimiento, por no haber lugar a proseguirlo y dictar sentencia en el mismo, y así se decide.- Remítase el presente expediente al Tribunal de origen una vez que quede firme la presente decisión y expídase por Secretaría para su archivo, copia certificada de la misma. Así se decide.


La Jueza Accidental,

Yelitza Alarcón Zanabria
La Secretaria,

Yosanny Dávila Ochoa