REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO EXTENSIÓN EL VIGIA



JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, con sede en El Vigía. El Vigía, veintiuno de noviembre de dos mil dieciséis.
206º y 157º
Visto el escrito de fecha 16 de noviembre de 2016, presentado por el profesional del derecho HUMBERTO J. TESORERO P. inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el Nro. 179.500, mediante la cual solicita copia fotostática certificada de las actuaciones que obran a los folios 56 al 59 de la presente causa.
Este Tribunal, para proveer conforme a lo solicitado observa:
De conformidad con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil: “…En cualquier estado de la causa, si se solicitare copia certificada de algún documento o acta que exista en autos, se la dará a quien la pida, siempre que sea o haya sido parte en el juicio…”.
Como de observa, según la norma antes parcialmente transcrita, cuando la causa esta en curso, solo podrán expedirse copia certificada de algún documento o acta, siempre que sea o haya sido parte en el juicio.
En el caso de la presente solicitud, el profesional del derecho HUMBERTOJ. TESORERO P., manifiesta en dicho escrito que actúa en representación de la ciudadana ROKSSIBET ANDREINA VAZQUEZ JAIMEZ, parte actora en la presente causa, razón por la cual,
EL JUEZ TEMPORAL,

ABG. FRANCISCO BARBARA ROMANO
LA SECRETARIA TEMPORAL,

REINA QUINTERO PÉREZ
Og.