REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA.- Mérida, veintidós (22) de noviembre de dos mil dieciséis (2016).
206º y 157º

Vista la diligencia de fecha 16 de noviembre de 2016, que riela al folio 57 del presente expediente, suscrita por la apoderada judicial de la parte actora, abogada BETTY MARÍA GUTIÉRREZ GUTIÉRREZ, mediante la cual dejó constancia de haber sufragado los emolumentos requeridos, ante el Alguacil para la práctica de la citación de el demandado de autos, este Tribunal visto que la parte actora cumplió con lo requerido, según el auto de fecha 17 de octubre de 2016 (folio 48 y su vuelto), acuerda librar recibo de citación, emplazando al demandado, ciudadano CARLOS ALONSO LEÓN PACHECO, plenamente identificado en autos, para que comparezca por ante este Juzgado dentro de los VEINTE DÍAS DE DESPACHO, siguientes a aquél en que conste en autos su citación, en cualesquiera de las horas de despacho señaladas en la tablilla del Tribunal, a fin de que de contestación a la demanda por RECONOCIMIENTO DE UNIÓN CONCUBINARIA de conformidad con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese el RECIBO de citación anexándosele copias certificadas del libelo de la demanda, con la orden de comparecencia al pie y entréguese al Alguacil de este Juzgado para que los haga efectivos. Certifíquese por auto separado copias del libelo de demanda.

LA JUEZA PROVISORIA,


Abg. MILAGROS FUENMAYOR GALLO

LA SECRETARIA TITULAR,

Abg. SULAY QUINTERO QUINTERO


En la misma fecha se libró el recibo de citación con su respectiva compulsa al demandado de autos, y se entregó al Alguacil de este Tribunal para que lo haga efectivo. Conste,

LA SECRETARIA TITULAR,


Abg. SULAY QUINTERO QUINTERO
MFG/SQQ/PMV.-