REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. Mérida, veinticuatro (24) de noviembre de dos mil dieciséis (2016)

206º y 157º

Recibida por distribución la anterior demanda por COBRO DE BOLÍVARES POR INTIMACIÓN interpuesta por los abogados en ejercicio ELISEO ANTONIO MORENO MONSALVE y BEATRIZ SÁNCHEZ HERNÁNDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-2.454.015 y V-8.095.740, inscritos en los Inpreabogados bajo los Nros. 7.333 y 36.578, en su orden, domiciliados en esta ciudad de Mérida estado Bolivariano de Mérida y jurídicamente hábiles, actuando como apoderados judiciales del ciudadano ALI ALFONSO RODRÍGUEZ SALAS, venezolano, mayor de edad, divorciado, titular de la cédula de identidad N° V-12.487.216, domiciliado en esta Ciudad de Mérida del estado bolivariano de Mérida y civilmente hábil, en contra del ciudadano ANTONIO ALÍ HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de la cédula de identidad Nº. V-14.962.454, respectivamente, domiciliados en esta ciudad de Mérida estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil. Désele entrada a dicha demanda, fórmese expediente y háganse las anotaciones estadísticas correspondientes; y el Tribunal por auto separado resolverá lo conducente.

LA JUEZA PROVISORIA




Abg. MILAGROS FUENMAYOR GALLO


LA SECRETARIA TITULAR,




Abg. SULAY QUINTERO QUINTERO
En la misma fecha se le dio entrada bajo el número 11.055. Conste,

LA SECRETARIA TITULAR,




Abg. SULAY QUINTERO QUINTERO


MFG/SQQ/ya.-
Exp. 11.055