REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
204º y 155º
Expediente Nro. 15475
DEMANDANTE: MARYULI COROMOTO SALINAS RANGEL
DEMANDADA: SANTIAGO DAVID MACHADO ROJAS
En horas de despacho del día de hoy, jueves 20 de Octubre de 2016, estando presente la Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Abg. Zulma Carrero, el Secretario Accidental Abg. Luis Puente; se anunció el acto ante las puertas del Tribunal, dejándose constancia de la incomparecencia de la parte demandante ciudadana MARYULI COROMOTO SALINAS RANGEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.700.475, ni por si, ni por medio de apoderado judicial, se deja constancia de la incomparecencia de la parte demandada ciudadano SANTIAGO DAVID MACHADO ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.590.636, ni por si, ni por medio de apoderado judicial; oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la Fase de Sustanciación de la Audiencia Preliminar, en el presente juicio de FIJACION DE REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, tal como fue fijada mediante auto de fecha 04 de octubre del año 2016. En consecuencia, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, Declara Desistido el procedimiento de FIJACION DE REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, por disposición expresa del artículo 477 de la Ley Orgánica para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en consecuencia, se declara extinguida la instancia y terminado el asunto con el archivo del expediente. Se deja constancia que esta decisión fue proferida en forma oral y publicada el día de hoy. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA

Abg. ZULMA CARRERO
EL SECRETARIO

ABG. LUIS PUENTE