Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida sede Mérida.
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 21 de octubre de 2016

206º y 157º
Expediente Nro. 15697
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: MARIANA GABRIELA MORALES NAVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-17.130.130
DEMANDADO: FROILAN ARANGUREN UZCATEGUI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 13.097.100

MOTIVO: FIJACIÓN REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.

VISTO.- El convenimiento suscrito por los ciudadanos MARIANA GABRIELA MORALES NAVA y FROILAN ARANGUREN UZCATEGUI, venezolanos mayores de edad, titulares de la cédula de identidad V-17.130.130 y V-13.097.100 en su orden, quienes manifestaron haber llegado a un acuerdo en los siguientes términos: El padre ciudadano FROILAN ARANGUREN UZCATEGUI, fija como régimen de convivencia familiar que buscara a su hijo menor en la salida de la escuela los días lunes y viernes y lo llevara a la casa materna. Asimismo el padre compartirá con sus hijos todos los domingos, desde la 10 de la mañana y los retornara a las 7 de la noche en el mismo lugar, los 24 y 31 de diciembre el padre compartirá con sus hijos durante el día buscándolos en la casa de la madre a las 10 de la mañana y los retornara a las 6 de la tarde en el mismo lugar. En cuanto a las festividades de Carnaval compartirá con sus hijos durante el día buscándolos en la casa de la madre a las 10 de la mañana y los retornara a las 6 de la tarde en la casa materna. Igualmente en las épocas de vacaciones, el padre compartirá con sus hijos de la misma manera. Ambas partes solicitan se homologue el presente acuerdo a favor de los niños SE OMITE NOMBRE ART. 65 LOPNNA. Por lo que este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes el presente convenimiento, establecido por los ciudadanos MARIANA GABRIELA MORALES NAVA y FROILAN ARANGUREN UZCATEGUI, progenitores de los niños SE OMITE NOMBRE ART. 65 LOPNNA, dándole el carácter de Sentencia Ejecutoriada. Se ordena el cierre y archivo del presente expediente.



LA JUEZ


Abg. LINDA GUILLEN VERGARA
LA SECRETARIA

Abg. ZULAY GUILLEN