Audiencia de Mediación y conciliación.
En el día de hoy, Diez (10) de Octubre de Dos Mil Dieciséis, siendo las diez de la mañana, día y hora fijada por ante este Tribunal, para que tenga lugar el acto de AUDIENCIA DE MEDIACIÓN Y CONCILIACION de conformidad con el artículo 98, 101 y siguientes de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda. Se anunció el acto a la puerta de este Tribunal, previo el pregón de Ley hecho por el Alguacil. Se abrió el acto. Se encuentra presente la abogada ANDREINA PUENTES, titular de cedula de identidad Nº 14.267.034, en su carácter de Defensor Publico de la parte demandada ciudadana NANCY EMILIA MONSALVE LOBO,. Seguidamente solicita el derecho de palabra la abogada Andreina Puentes, anteriormente identificada y concedido como fue expuso: “Esta defensa solicita de conformidad con lo establecido en el artículo 105 de la Ley de Regularización y Control de los Arrendamientos de vivienda el desistimiento de la presente causa por cuanto no compareció la parte demandante ni por si, ni por apoderado. Es todo. Verificado este Tribunal que luego de un compas de espera de quince (15) minutos; no se hace presente la parte actora ni por si ni por medio de apoderado judicial es por lo que de conformidad con el artículo 105 de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda se declara el Desistimiento de la presente acción por cuanto no se presentó la parte actora en la presente audiencia de mediación y conciliación. En consecuencia se HOMOLOGA el DESISTIMIENTO DE LA PRESENTE ACCION, y se le imparte el carácter de Sentencia pasada con autoridad de cosa Juzgada. Es todo. Se da por concluida la presente audiencia siendo las 10:25 am. Es todo.
LA JUEZ TITULAR;
DRA. FRANCINA MARÍA RODULFO ARRÍA.
DEFENSOR PÚBLICO ARRENDATICIO
LA SECRETARIA ACCIDENTAL;
ABG. LIZEIDA K. VERA.
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