REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación

206º y 157º

ACTA DE DESISTIMIENTO DE AUDIENCIA UNICA

EXPEDIENTE Nro: 02839
En horas del día de hoy, jueves 29 de Septiembre del año 2016, estando presente la Jueza Suplente Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Abg. ZULMA CARRERO DE ARAQUE, la Secretaria Abg. WENDY SANCHEZ. Se deja constancia de la incomparecencia de la parte solicitante, identificadas en autos, ni por si, ni por medio de apoderado judicial; oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Única de Mediación en la presente causa de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, tal como fue fijada mediante auto de fecha 09 de Agosto del año 2016. Se deja constancia que debido a la incomparecencia de los solicitantes de auto, en consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad a lo establecido en el articulo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente, declara el DESISTIMIENTO de la presente solicitud y terminado el proceso, pero el o la solicitante podrá volver a presentar su solicitud luego de haber trascurrido un mes. En consecuencia, se ordena la remisión del presente asunto al archivo. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.”

LA JUEZ SUPLENTE


ABOG. ZULMA CARRERO DE ARAQUE


SECRETARIA


ABOG. WENDY SANCHEZ