TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida sede Mérida.
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 19 de septiembre de 2016
205º y 156º
Expediente Nro. 15434
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: ALDONYS ANTONIO SULBARAN CABEZAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-20.353.645
DEMANDADA:YARIMAR DEL CARMEN FLORES ROMERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-24.196.940.

MOTIVO: FIJACION REGIMEN DE CONVIVENCIA.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.

El día de hoy, Lunes 19 de Septiembre de 2016, visto el acuerdo suscrito por los ciudadanos ALDONYS ANTONIO SULBARAN CABEZASy YARIMAR DEL CARMEN FLORES ROMERO, venezolanos mayores de edad, titulares de la cédula de identidad V-20.353.645 y V-24.196.940.en su orden, a favor de su hijo el niño SE OMITE NOMBRE ART. 65 LOPNNA, manifiestan haber llegado a un acuerdo en los siguientes términos PRIMERO:El padre queda autorizado por la madre para que el mismo así como sus abuelos pueda compartir con su hijo, quedándose a dormir en el mismo inmueble que habita, los fines de semana de manera alternos, así mismo podrá hacerlo entre semanas las veces que así lo acuerden entre ambas partes. SEGUNDO: En cuanto a las vacaciones escolares en los meses de agosto y diciembre de cada año serán compartidos en tiempos alternos cuando se llegue el caso por cuento el niño no se encuentra en edad preescolar todavía, en cuanto al 24 y 31 de diciembre de cada año serán compartidos de la siguiente manera, el día 24 de diciembre del 2016 le corresponde a la madrey el 31 al padre y en los próximos años serán alternados; los días feriados, carnavales y Semana Santa, serán alternadas, un día feriado con un progenitor y el siguiente con el otro padre, un año compartirá con cada progenitor los Carnavales y la Semana Santa con el otro y año siguiente de manera alterna. TERCERO: En cuanto al día de la madre será compartido con la madre y el día del padre con el padre, igualmente queda entendido que el día del cumpleaños del niño el mismo compartirá con ambos progenitores. Igualmente se acuerda que el padreanteriormente identificado podrá utilizar la comunicación más idónea para con su hijo pudiendo utilizar la vía telefónica o computarizada conforme a lo establecido en la ley. Ambas partes solicitan se homologue el presente acuerdo. Se homologa el presente convenimiento, se acuerda el cierre y archivodel presente expediente. Es todo, se terminó, leyó y conformes firman.

LA JUEZ

Abg. LINDA GUILLEN VERGARA
LA SECRETARIA

Abg. YELIMAR VIELMA MARQUEZ