REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 21 de septiembre 2016
204º y 157º
Expediente Nro. 02927
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
SOLICITANTE: MARIA ANITA ROJAS SALAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad V- 11.460.284
MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
El día de hoy miércoles 21/09/2016, se deja constancia de la incomparecencia del ciudadano MARIA ANITA ROJAS SALAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad V- 11.460.284 a la audiencia fijada para el día de hoy. En consecuencia, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara Desistido el presente procedimiento DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS por disposición expresa del artículo 514 de la Ley Orgánica para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en consecuencia, se declara extinguida la instancia y terminado el asunto con el archivo del expediente. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA


Abog. LINDA GUILLEN VERGARA
LA SECRETARIA

Abg. YELIMAR VIELMA MARQUEZ