TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida sede Mérida.
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 29 de septiembre de 2016
205º y 156º
Expediente Nro. 15507
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE:FATIMA ANDREINA ALARCÓN CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-22.655.772.
DEMANDADA:DAVID OSORIO PEÑA, colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad E- 13.906.540.
MOTIVO: FIJACIÓN OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN Y BONOS.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
El día de hoy, jueves29 de Septiembre de 2016, presente los ciudadanosFATIMA ANDREINA ALARCÓN CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-22.655.772y DAVID OSORIO PEÑA, colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad E- 13.906.540., ambas partes manifiestan haber llegado a un acuerdo en beneficio de las niñasSE OMITE NOMBRE ART. 65 LOPNNA y SE OMITE NOMBRE ART. 65 LOPNNA, de 3 años de edad la primera y de 7 meses de edad la segunda, en los siguientes términos:El padre se compromete a suministrar la cantidad de CUATRO MIL BOLÍVARES SEMANALES (Bs. 4.000,00), para un total de DIECISIEIS MIL BOLIVARES MENSUALES (Bs. 16.000,oo). Con un aumento del 20% anual. Dicha cantidad será depositada en la cuenta corriente N° 0108-0114-14-0100076519 del Banco Provincial a nombre de la ciudadana FATIMA ANDREINA ALARCON CASTILLO. En cuanto al bono escolar el padre se compromete a cubrir todo lo relacionado a los útiles escolares y uniformes completos de una de las niñas y la madre cubrirá los de la otra niña. En cuanto al bono navideño el padre se compromete a comprar el estreno completo de ambas fechas (24 y 31) de una de las niñas y la madre comprará el estreno completo de ambas fechas (24 y 31) de la otra niña y cada progenitor cubrirá lo relacionado al regalo de la época da cada una de las niñas. En lo concerniente a los gastos eventuales como médicos, medicinas entre otros ambos padres cubrirán el 50% de dichos gastos. Es todo.Ambas partes solicitan se homologue el presente acuerdo a favor delos niños de autos, en consecuencia.Se homologa el presente convenimiento, se acuerda el cierre y archivodel presente expediente.Es todo, se terminó, leyó y conformes firman.
LA JUEZ
Abg. LINDA GUILLEN VERGARA
LA SECRETARIA
Abg. ZULAY GUILLEN
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