REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUEA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA.
205° y 156°
EXPEDIENTE NRO. 8968.-
S O L I C I T A N T E: GILBERTO TORRES QUINTERO, JOSE ORLANDO TORRES QUINTERO, PEDRO CELESTINO QUINTERO GLADYS DEL CARMEN TORRES QUINTERO, y ROSAURA TORRES QUINTERO.
MOT I V O: RECTIFICACION DE ACTAS DE NACIMIENTO
FECHA DE ADMISION: 29 DE JUNIO 2015.
VISTOS .-
L A N A R R A T I V A
Visto el escrito que encabeza estas actuaciones, mediante el cual el ciudadano GILBERTO TORRES QUINTERO, JOSE ORLANDO TORRES QUINTERO, PEDRO CELESTINO QUINTERO, GLADYS DEL CARMEN TORRES QUINTERO y ROSAURA TORRES QUINTERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nros. 8.002.410, 5.204.597, 4.493.251, 8.045.495 y 8.021.979, de este domicilio y hábiles, asistido por la abogada MARIA AUXILIADORA ALBARRAN, titular de la cédula de identidad Nº 8.033.141, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 69.138, de este domicilio y jurídicamente hábil, solicita la Rectificación de las Actas de Nacimiento, asentada por ante los Libros del Registro Civil de Nacimientos de la Parroquia Juan Rodríguez Suarez, Municipio Libertador, del Estado Mérida, correspondiente a los años 1.958, 1.955, 1.945, 1.964 y 1.960, respectivamente, Partidas de Nacimiento Nros. 67, 89, 55, 92 y 77, Manifiesta los solicitantes que en sus partidas de nacimiento aparece un error material involuntario del funcionario al transcribir el nombre de su madre al colocarle ANGELICA QUINTERO, siendo los Nombre y Apellidos correctos de la madre de los solicitantes los siguientes “MARIA ANGELICA QUINTERO DE TORRES”, como aparece correctamente identificado en la copia fotostática de la Cedula de Identidad, Partida de Nacimiento expedida por el Registro Civil de la Parroquia Juan Rodríguez Suarez del Municipio libertador del estado Mérida y Acta de defunción expedida por ante el Registro Civil Domingo Peña del Municipio Libertador del estado Mérida.
Fundamenta la presente solicitud en los artículos 462 y 501 del CÓDIGO CIVIL, en concordancia con los artículos 769, 771 y 773 del Código de Procedimiento Civil.
Por auto de fecha 29 de Junio de 2015, se le dio entrada a la solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento, se ordenó la publicación de un Edicto en los Diarios de mayor circulación a nivel nacional a escoger entre el nacional y Ultimas noticias; emplazándose a cualquier persona que pueda tener interés directo manifiesto en la presente solicitud; igualmente, se notificó a la Fiscal del Ministerio Público de familia.
L A M O T I V A
El Tribunal pasa a analizar los recaudos y elementos probatorios existentes en autos, a fin de determinar si se incurrió en el error material señalado al levantar las Partidas de Nacimiento de los ciudadanos GILBERTO TORRES QUINTERO, JOSE ORLANDO TORRES QUINTERO, PEDRO CELESTINO QUINTERO, GLADYS DEL CARMEN TORRES QUINTERO y ROSAURA TORRES QUINTERO. Al efecto observa esta Juzgadora que obran en autos los siguientes documentos: -------------------------------------------------------A) Copia fotostáticas de las Partidas de Nacimiento de GILBERTO TORRES QUINTERO, JOSE ORLANDO TORRES QUINTERO, PEDRO CELESTINO QUINTERO, GLADYS DEL CARMEN TORRES QUINTERO y ROSAURA TORRES QUINTERO, expedida por los Registros Civil de Nacimientos de la Parroquia Juan Rodríguez Suarez, Municipio Libertador, del Estado Mérida, correspondiente a los años 1.958, 1.955, 1.945, 1.964 y 1.960, respectivamente, Partidas de Nacimiento Nros. 67, 89, 55, 92 y 77, obra a los folios 03, 04, 05, 06 y 07. (Los solicitante)
B) Copia Certificada del Acta de Defunción N° 82, de la ciudadana MARIA ANGELICA QUINTERO DE TORRES, expedida por ante el Registro Civil de la Parroquia Domingo Peña del Municipio Libertador del estado Mérida, obra a los folio 08, 09 y 10. (De la Madre de los solicitantes)
C) Copia fotostática de las cedulas de identidad de los ciudadanos GILBERTO TORRES QUINTERO, JOSE ORLANDO TORRES QUINTERO, PEDRO CELESTINO QUINTERO, GLADYS DEL CARMEN TORRES QUINTERO, ROSAURA TORRES QUINTERO y MARIA ANGELICA QUINTERO DE TORRES”, obra a los folios 13, 14, 15, 16, 17 y 18, (Los solicitantes y madre de los solicitantes).
D) Boleta de notificación debidamente firmada por la Fiscal Encargada del Ministerio Público de Familia Abogada EDYLEIBA BALZA PEREZ, Obra al folio 142.
E) Edicto publicado en el Diario El Nacional de fecha 19 de Mayo del 2016, específicamente en la página 06, obra al folio (29).
Encuentra este Tribunal que de los recaudos documentales acompañados a la solicitud se derivan suficientes elementos probatorios para dar por demostrado el error señalado por los solicitantes en cuanto al nombre de su legítima madre, cuyo error aparece asentado en sus partidas de nacimiento. Del análisis anterior se desprende que han quedado probados suficientemente los hechos narrados en el libelo, en cuanto al error invocado que aparece en las Partidas de Nacimiento de los ciudadanos: GILBERTO TORRES QUINTERO, JOSE ORLANDO TORRES QUINTERO, PEDRO CELESTINO QUINTERO, GLADYS DEL CARMEN TORRES QUINTERO y ROSAURA TORRES QUINTERO, expedida por los Registros Civil de Nacimientos de la Parroquia Juan Rodríguez Suarez, Municipio Libertador, del Estado Mérida, correspondiente a los años 1.958, 1.955, 1.945, 1.964 y 1.960, respectivamente, Partidas de Nacimiento Nros. 67, 89, 55, 92 y 77, razón por la cual la solicitud de rectificación de las Partidas de Nacimiento a que se contrae este expediente debe ser declarada con lugar y así se decide.
L A D I S P O S I T I V A
Por fuerza de todos los razonamientos de hechos y de Derecho que han sido en forma pormenorizada y reseñados en la parte motiva del presente dictamen; este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
UNICO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DE LAS PARTIDAS DE NACIMIENTO signadas con los Nros. 67, 89, 55, 92 y 77, insertas en los Libros de Nacimientos llevados por ante el Registro Civil de Nacimientos de la Parroquia Juan Rodríguez Suarez, Municipio Libertador, del Estado Mérida, correspondiente a los años 1.958, 1.955, 1.945, 1.964 y 1.960, respectivamente, correspondiente a los ciudadanos GILBERTO TORRES QUINTERO, JOSE ORLANDO TORRES QUINTERO, PEDRO CELESTINO QUINTERO, GLADYS DEL CARMEN TORRES QUINTERO y ROSAURA TORRES QUINTERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nros. 8.002.410, 5.204.597, 4.493.251, 8.045.495 y 8.021.979, de este domicilio y hábiles, en el entendido de que en los Libros que reposa en el Libro de Actas de Nacimientos llevados en dichos Registros Civiles, aparezca en lo sucesivo en dichas actas los nombres y Apellidos correcto de la madre de los solicitante, ciudadana ANGELICA QUINTERO, en la forma siguiente: “MARIA ANGELICA QUINTERO DE TORRES”. Queda así rectificada dichas Partidas de Nacimiento. ----------------------------------------------------
DADA, FIRMADA Y SELLADA EN LA SALA DE DESPACHO DEL TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA. Mérida, a los Veintiocho días del mes de Septiembre del 2016.
LA JUEZ TITULAR:
ABOG./PLGA. FRANCINA M. RODULFO ARRIA.
LA SECRETARIA:
ABG. SUSANA PARRA CALDERON.
En la misma fecha se publicó la presente sentencia siendo las Once de la mañana y se dejó copia certificada.
LA SECRETARIA:
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