Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Mérida
Mérida, cinco de abril de dos mil diecisiete
206º y 158 º
ASUNTO: LH61-V-2016-000506
ASUNTO ANTIGUO: 16685
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: JIMMY ALFRED ALBORNOZ NUÑEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.852.101.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: JOEL ALFREDO ALBORNOZ JARAMILLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 31.433.
DEMANDADA: YELITZA NATHALIE DUGARTE RIVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-13.803.090.
APODERADAS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: CLAUDIA SÁNCHEZ y MARYSOL MOLINA, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros 141.473 y 148.535, respectivamente.
MOTIVO: FIJACIÓN DE RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR
SENTENCIA: DEFINITIVA.
VISTO.- El convenimiento suscrito por los ciudadanos JIMMY ALFRED ALBORNOZ NUÑEZ y YELITZA NATHALIE DUGARTE RIVAS, plenamente identificados a los autos. Las partes manifiestan haber llegado a un acuerdo en los siguientes términos: PRIMERO: Se establece un régimen de convivencia familiar a favor del padre ciudadano JIMMY ALFRED ALBORNOZ NUÑEZ, de manera abierta, previa comunicación con la madre. SEGUNDO: En cuanto a las vacaciones escolares, de julio, agosto y septiembre, navidades, Semana Santa y carnaval, el mismo se establece de manera compartida previo acuerdo entre los padres y tomando en cuenta la opinión de la niña. De igual forma solicitan que se homologue el presente convenimiento. Así se decide. Ambas partes solicitan que se homologue el presente convenimiento, a favor de la niña SE OMITE NOMBRE ART. 65 LOPNNA, se cierre y archive el presente expediente. Por lo que este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes el presente convenimiento, establecido por los ciudadanos JIMMY ALFRED ALBORNOZ NUÑEZ y YELITZA NATHALIE DUGARTE RIVAS, progenitores de la niña SE OMITE NOMBRE ART. 65 LOPNNA, en aras de garantizar el interés superior de los mismos, de conformidad con lo previsto en el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, dándole el carácter de Sentencia Ejecutoriada. Se ordena el cierre y archivo del presente expediente.
La Juez
Abg. Linda Odabys Guillen Vergara
LA SECRETARIA
Abg. ZULAY GUILLEN
En la misma fecha se publicó, registró la anterior decisión, siendo las 2:36 PM.
LA SECRETARIA
FMCS
LH61-V-2016-000506
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