REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO
BOLIVARIANO DE MÉRIDA.

206° y 158°

EXPEDIENTE Nº 9121.
SOLICITANTE: ANA BIDALIA SANCHEZ MONSALVE.

MOTIVO: PARTICIÓN DE BIENES DE AMISTOSO ACUERDO.

FECHA DE ENTRADA: 08 DE AGOSTO DE 2016.
VISTOS.
Recibida por distribución la solicitud de PARTICIÓN DE BIENES DE AMISTOSO ACUERDO, presentado por la ciudadana ANA BIDALIA SANCHEZ MONSALVE, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad N° 10.712.495, domiciliada en la ciudad de Mérida, Estado Bolivariano de Mérida y hábil, asistida por la abogada Betty del Carmen Cuevas de López, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 5.203.032, Inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 20.781, domiciliada en la ciudad de Mérida y jurídicamente hábil. El Tribunal le dió entrada porque no es contraria a la Ley, a las buenas costumbres o alguna disposición de la Ley y además, porque somos competentes según resolución Nº 2009-0006, de fecha 18-03-2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en gaceta oficial el 02 de abril de 2009. En este sentido, el Tribunal de conformidad con el artículo 788 del Código de Procedimiento Civil vigente, en concordancia con el artículo 759 y siguientes del Código Civil, HOMOLOGA EL ACUERDO AL QUE HAN LLEGADO los ciudadanos: MARIA CONSUELO MONSALVE DE SANCHEZ, GABRIEL ARCANGEL SANCHEZ MONSALVE, MARIA DEL CARMEN SANCHEZ MONSALVE, MARINA SANCHEZ MONSALVE, JOSE ALBINO SANCHEZ MONSALVE, MARIA AUXILIADORA SANCHEZ DE FANDIÑO, JOSE FROILAN SANCHEZ MONSALVE, JOSE PORFIDIO SANCHEZ MONSALVE, LUISA ELENA SANCHEZ MONSALVE, CONSUELO SANCHEZ DE CUEVAS y ANA BIDALIA SANCHEZ MONSALVE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-659.457, V-8.012.526, V-8.016.368, V-11.952.280, V-8.027.649, V-8.005.929, V-9.470.390, V-9.472.943, V-9.472.944, V-10.713.113 y V-10.712.495, respectivamente, viuda, soltero, soltera, soltera, soltero, divorciada, soltero, soltero, soltera, casada y soltera en su orden, domiciliados en la ciudad de Mérida y hábiles; todos herederos del causante JOSE FROILAN SÁNCHEZ CALDERON, conforme consta en Planilla Sucesoral No. 0005667, Expediente No. 0529 de fecha 03 de Julio de 2002, cuyo Certificado de Liberación es el No. 5579 de fecha Quince (15) de Julio de Dos Mil Tres (2003). En consecuencia, y por ser procedente, en tal sentido, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA liquidada la comunidad de bienes gananciales solicitada en los siguientes términos:

ADJUDICACIÓN NUMERO UNO: Se adjudica en plena propiedad, posesión y dominio, con todos los usos, costumbres y servidumbres que por Ley o títulos anteriores le puedan correspon¬der al heredero ANA BIDALIA SANCHEZ MONSALVE, en el identificado inmueble, un área de Sesenta y Nueve Metros Cuadrados con Veinte Centímetros Cuadrados (69,20 mts.2), ubicado en la Ciudad de Mérida, en jurisdicción de la Parroquia Lasso de la Vega del Municipio Libertador del Estado Mérida, y sus linderos y medidas son: FRENTE: Colinda con inmueble adjudicado al heredero Albino Sánchez Monsalve, en extensión de nueve metros con treinta y dos centímetros (9,32 mts.), separa pasillo de circulación de un metro con cuatro centímetros (1,04 mts.) de ancho que es la servidumbre de paso. FONDO: (v.f.) Colinda inmueble propiedad María Sánchez Sánchez, en extensión de nueve metros con treinta y cinco centíme¬tros (9,35 mts.); COSTADO DERECHO: Colinda con Calle Ciega, en extensión de siete metros con cuarenta y Un centímetros (7,41 mts.); COSTADO IZQUIERDO: Colinda con inmueble que se adjudica a la heredera María Auxiliadora de Fandiño, en extensión de siete metros con cuarenta y Un centímetros (7,41 mts.). Sobre este inmueble la heredera Ana Bidalia Sánchez Monsalve establece de por vida, los derechos de uso, usufructo y habitación a favor de su mamá María Consuelo Monsalve de Sánchez. Se le ha atribuido un valor básico de Ciento Treinta y Ocho Mil Quinientos Bolívares con 00/100 (Bs. 138.500,00) y un porcenta¬je de condomi¬nio de 0,1385 %. ADJUDICACIÓN NUMERO DOS: Se adjudica en plena propiedad, posesión y dominio, con todos los usos, costum¬bres y servidumbres que por Ley o títulos anteriores le pueden correspon¬der a la MARIA AUXILIADORA SANCHEZ DE FANDIÑO, en el identificado inmueble un área total de Ochenta y Siete metros con cero Cinco Centímetros cua¬drados (87,05 mts.2), ubicado en la Ciudad de Mérida, en jurisdic¬ción de la Parroquia Lasso de la Vega del Municipio Li¬bertador del Estado Mérida y sus linderos y medidas son: FRENTE: Colinda en parte con área adjudicada al heredero José Albino Sánchez Monsalve, en parte con adjudicación hecha a la heredera María del Carmen Sánchez Monsalve y en parte con Pasillo de Circulación, en extensión de Nueve metros con Noventa y Dos centímetros (9,92 mts.); FONDO: Colinda con María Sánchez, en extensión de Nueve metros con Treinta y Cinco centímetros (9,35 mts.), separa pared; COSTADO DERECHO: Colinda con área adjudicada a la heredera Ana Bidalia Sánchez Monsalve en extensión de Siete metros con Cuarenta y Un centímetros (7,41 mts.); COSTADO IZQUIERDO: Colinda con inmueble propiedad de Elda Sánchez Gutiérrez, en una extensión de Nueve metros con Cincuenta y Siete centímetros (9,57 mts.), separa pared. Se le ha atribuido un valor básico de Ciento Setenta y Cuatro Mil Doscientos Bolívares con 00/100 (Bs. 174.200,00) y un porcenta¬je de condomi¬nio de 0,1742 %. Sobre este inmueble la co-heredera María Auxiliadora Sánchez de Fandiño, establece de por vida, los derechos de uso, usufructo y habitación a favor de su hermana MARINA SANCHEZ MONSALVE. ADJUDICACIÓN NUMERO TRES: Se adjudica en plena propiedad, posesión y dominio, con todos los usos, costumbres y servidumbres que por Ley o títulos anteriores le puedan correspon¬der al heredero JOSE ALBINO SANCHEZ MONSALVE, en el identificado inmueble un área total de un área de Setenta y Cuatro metros cuadrados con Veinticinco y Cinco centímetros cuadrados (74,25 mts.2), ubicado en la Ciudad de Mérida, en jurisdicción de la Parroquia Lasso de la Vega del Municipio Libertador del Estado Mérida y sus linderos y medidas son: FRENTE: Colinda en parte, con área adjudicada a la heredera María del Carmen Sánchez Monsalve y en parte con pasillo de circulación, en extensión de Dieciséis metros con Veinte Centímetros (16,20 mts.) FONDO: Colinda en parte con área adjudicada a la heredera Maria Auxiliadora Sánchez de Fandiño y en parte con pasillo de circulación, en extensión de dieciséis metros con dieciséis centímetros (16,16 mts.); COSTADO DERECHO: Colinda con calle ciega, en extensión de Cuatro metros con Ochenta y Nueve centíme¬tros (4,89 mts.) y COSTADO IZQUIERDO: Colinda en parte, con área adjudicada a la heredera María del Carmen Sánchez Monsalve, y en parte con área adjudicada a la heredera María Auxiliadora Sánchez de Fandiño, en extensión de Cuatro metros con Noventa Centímetros (4,90 mts.); Se le ha atribuido un valor básico de Ciento Cuarenta y Ocho Mil Seiscientos Bolívares con 00/100 (Bs. 148.600,00) y un porcenta¬je de condomi¬nio de 0,1486 %. ADJUDICACIÓN NUMERO CUATRO: Se adjudica en plena propie¬dad, posesión y dominio con todos los usos, costumbres y servidumbres que por Ley o títulos anteriores le puedan correspon¬der a la heredera, MARIA DEL CARMEN SANCHEZ MONSALVE, en el identificado inmueble, un área de Ochenta y Tres metros cuadrados con Sesenta y Cinco centímetros cuadrados (83,65 mts.), ubicado en la Ciudad de Mérida, en jurisdicción de la Parroquia Lasso de la Vega del Municipio Libertador del Estado Mérida y sus linderos y medidas son: FRENTE: Colinda con Calle Principal Nueva Bolivia, en extensión de Ocho metros con Veinticuatro Centímetros (8,24 mts); FONDO: Colinda en parte con área adjudicada al heredero José Albino Sánchez Monsalve y en parte con área adjudicada a la heredera Maria Auxiliadora Sánchez de Fandiño, en extensión de Siete metros con Treinta y Cinco Centímetros (7,35 mts); COSTADO DERECHO: Colinda en parte con área adjudicada al heredero José Porfirio Sánchez Monsalve, en parte con pasillo de circulación y en parte con área adjudicada a José Albino Sánchez Monsalve, en extensión de Catorce metros con Veinticuatro Centímetros (14,24 mts.), divide pared y COSTADO IZQUIERDO: Colinda con inmueble propiedad de Eva María Sánchez, divide pared, en extensión de Doce metros con Noventa Centímetros (12,90 mts.). Sobre esta área de terreno la heredera María del Carmen Sánchez Monsalve, tiene construida una Casa para habitación, de dos (2) habitaciones un (1) baño, sala, cocina-comedor, área de oficios con closets. Se le ha atribuido un valor básico de Ciento Sesenta y Siete Mil Cuatrocientos Bolívares con 00/100 (Bs. 167.400,00) y un porcenta¬je de condomi¬nio de 0,1674 %. ADJUDICACIÓN NUMERO CINCO: Se adjudica en plena propiedad, posesión y dominio con todos los usos, costumbres y servidumbres que por Ley o títulos anteriores le puedan correspon¬der a la heredera LUISA ELENA SANCHEZ MONSALVE, en el identificado inmueble un área de Treinta y Nueve metros con Ochenta y Cinco Centímetros cuadrados (39,85 mts.2), ubicado en la Ciudad de Mérida, en jurisdic¬ción de la Parroquia Lasso de la Vega del Municipio Li¬bertador del Estado Mérida y sus linderos y medidas son: FRENTE: Colinda con Calle Principal Nueva Bolivia, en extensión de Cuatro metros con Noventa y Tres Centímetros (4,93 mts.); FONDO: Colinda con Pasillo de Circulación, en extensión de Cuatro Metros con Noventa y Tres Centímetros (4,91 mts.); COSTADO DERECHO: (v.f.), Colinda con Calle Ciega, en extensión de Ocho Metros con Cuarenta y Un Centímetros (8,41 mts.) y COSTADO IZQUIERDO: (v.f.), Colinda con área adjudicada a José Froilan Sánchez Monsalve, en extensión de Siete metros con Ochenta y Cinco Centímetros (7,85 mts.). Se le ha atribuido un valor básico de Setenta y Nueve Mil Setecientos Bolívares con 00/100 (Bs. 79.700,00) y un porcenta¬je de condomi¬nio de 0,0797 %. ADJUDICACIÓN NUMERO SEIS: Se adjudica en plena propiedad, posesión y dominio, con todos los usos, costum¬bres y servidumbres que por Ley o títulos anteriores le puedan correspon¬der a la heredera JOSE FROILAN SANCHEZ MONSALVE, en el identificado inmueble un área de Treinta y Un metros cuadrados con Diez Centímetros Cuadrados (31,10 mts.2), ubicado en la Ciudad de Mérida, en jurisdic¬ción de la Parroquia Lasso de la Vega del Municipio Li¬bertador del Estado Mérida y sus linderos y medidas son: FRENTE: Colinda en línea quebrada con escaleras que conducen a la segunda planta, donde está ubicado el apartamento adjudicado a la heredera Consuelo Sánchez de Cuevas, en extensión de cinco metros con Setenta y Dos centímetros (5,72 mts.); Colinda con Pasillo de Circulación, en extensión de tres metros con cincuenta centímetros (3,50 mts.); FONDO: Colinda con Pasillo de Circulación de un metro con treinta y siete centímetros de ancho, y el lindero tiene una extensión de Cuatro Metros con Treinta y Dos centímetros (4,32 mts.); COSTADO DERECHO: (v.f.), Colinda con área, adjudicada a la heredera Luisa Elena Sánchez Monsalve en extensión de siete metros con ochenta y cinco centímetros (7,85 mts.) y COSTADO IZQUIERDO: (v.f.), Colinda con área, adjudicada al heredero José Porfidio Sánchez Monsalve, en extensión de seis metros con setenta y dos centímetros (6,72 mts). Se le ha atribuido un valor básico de Sesenta y Dos Mil Doscientos Bolívares con 00/100 (Bs. 62.200,00) y un porcenta¬je de condomi¬nio de 0,0622 %. ADJUDICACIÓN NUMERO SIETE: Se adjudica en plena propiedad, posesión y dominio con todos los usos, costumbres y servidumbres que por Ley o títulos anteriores le puedan correspon-der al heredero JOSE PORFIDIO SANCHEZ MONSALVE, en el identificado inmueble un área de Quince metros cuadrados con Setenta y Cinco (15,75 mts.2), ubicado en la Ciudad de Mérida, en jurisdic¬ción de la Parroquia Lasso de la Vega del Municipio Li¬bertador del Estado Mérida y sus linderos y medidas son: FRENTE: Colinda con escaleras que conducen a la segunda planta, donde está ubicado el apartamento adjudicado a la heredera Consuelo Sánchez de Cuevas, en extensión de dos metros con cero cinco centímetros (2,05 mts.); FONDO: Colinda con Pasillo de Circulación de un metro con treinta y siete centímetros de ancho, y el lindero tiene una extensión de dos metros con sesenta y cinco centímetros (2,65 mts.); COSTADO DERECHO: (v.f.), Colinda con área, adjudicada al heredero José Froilan Sánchez Monsalve, en extensión de seis metros con setenta y dos centímetros (6,72 mts) y COSTADO IZQUIERDO: (v.f.), Colinda con inmueble, adjudicado a la heredera María del Carmen Sánchez Monsalve, en extensión de seis metros setenta centímetros (6,70 mts.). Se le ha atribuido un valor básico de Treinta y Un Mil Quinientos Bolívares con 00/100 (Bs. 31.500,00) y un porcenta¬je de condomi¬nio de 0,0315 %. ADJUDICACIÓN NUMERO OCHO: Se adjudica en plena propiedad, posesión y dominio con todos los usos, costumbres y servidumbres que por Ley o títulos anteriores le puedan correspon-der a la heredera CONSUELO SANCHEZ DE CUEVAS, un área de Noventa y Ocho metros cuadrados con Setenta Centímetros (98,70 mts.2), en la cual tiene, junto con su cónyuge Luis Ovaldo Cuevas Dugarte, construido UN APARTAMENTO, que tiene un área de construcción de igual medida: Noventa y Ocho Metros Cuadrados con Setenta Centímetros Cuadrados (98,70 mts.2) y consta de las siguientes dependencias: sala, cocina – comedor, área de oficios, una habitación principal con baño privado y closet, dos habitaciones con closets y un baño auxiliar, piso de cerámica y techo de machihembrado y teja, posee todos los servicios públicos ubicado en la ciudad de Mérida, en jurisdicción de la Parroquia Lasso de la Vega del Municipio Libertador del Estado Mérida y sus linderos y medidas son: FRENTE: Colinda con Fachada del Apartamento, que da a la Calle Principal Nueva Bolivia, en extensión de Siete metros con Noventa centímetro (7,90 mts.); FONDO: Colinda con Fachada Posterior del Apartamento, que da al inmueble propiedad de esta Sucesión Sánchez Monsalve, en extensión de Siete metros con Cincuenta centímetros (7,50 mts.); COSTADO DERECHO (v.f.): Colinda con inmueble de esta Sucesión Sánchez Monsalve, en extensión de Trece metros con Cero Nueve Centímetros (13,09 mts.) y COSTADO IZQUIERDO (v.f.): Colinda con inmueble, de Eva María Sánchez, en extensión de Doce metros con Ochenta y Un centímetros (12,81 mts.). Se le ha atribuido un valor básico de Ciento Noventa y Siete Mil Quinientos Bolívares con 00/100 (Bs. 197.500,00) y un porcenta¬je de condomi¬nio de 0,1975 %. En caso que algún heredero o adjudicatario construya, modifique o repare el, o parte del inmueble que le fue adjudicado, debe conforme al Código Civil y demás normas que rigen la materia, responder a sus colindantes de los daños que ello pudiera ocasionar. De esta manera queda partida y liquidada la comunidad hereditaria, no teniendo más nada que reclamarnos los herederos, ni condóminos respecto a los inmuebles dividi¬dos, respetarnos los derechos de paso, agua y demás servidum¬bres que correspondan a cada uno, y por cuanto yo, MARINA SANCHEZ MONSALVE, ya identificada, manifiesto no saber firmar, lo hace a mi ruego la ciudadana IRMENIA ERAZO RENDON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad No. V-14.700.928, soltera, estudiante, domiciliada en la ciudad de Mérida y hábil, y en lugar de mi firma estampo mis huellas digito pulgares. Así lo decimos, otorgamos y firmamos en fe de lo expuesto de Documento
Declaramos, que además de los bienes antes descritos, no hay ningún otro bien mueble o inmueble, y que con la presente manifestación y Adjudicaciones, damos por liquidada la sucesión que manteníamos sobre los bienes descritos, no teniendo nada que reclamarnos, por algún otro concepto que se derive o pueda derivar de la comunidad de gananciales.

PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE ORIGINAL O COPIA CERTIFICADA A LOS EFECTOS ESTADISTICOS DEL TRIBUNAL. DADO, FIRMADO, SELLADO Y REFRENDADO EN LA SALA DE DESPACHO, DEL TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. En Mérida, a los seis días del mes de abril de 2017.
LA JUEZ TITULAR


ABG/PLTGA. FRANCINA MARIA RODULFO ARRIA
LA SECRETARIA

ABG. SUSANA EVELIA PARRA
En la misma fecha se publicó la presente sentencia siendo la una de la tarde, y se dejó copia certificada.

LA SECRETARIA