REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Único de Primera Instancia en Funciones de Ejecución con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida.
Mérida, 18 de Abril de 2017
206º y 158º
ASUNTO PRINCIPAL : LP02-S-2016-003906
ASUNTO : LP02-S-2016-003906
AUTO FUNDADO DE EJECÚTESE DE SENTENCIA.
El 23 de Febrero de 2017, el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, Sentencia al ciudadano YOVANI ALEXANDER ROJAS ALBORNOZ, venezolano, natural de Mérida, nacido en fecha 03/07/1983, de 33 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-17.895.252, hijo de la ciudadana Esmeralda Albornoz (V) y del ciudadano Carlos Rojas (F), profesión u oficio: albañil, con domicilio en: Sector José Adelmo Gutiérrez, Ejido, Casa P-39, frente a la Gran Parada, Municipio Campo Elías del estado Bolivariano de Mérida, teléfono: 0416-1335443, por admisión de hechos, condenándolo a cumplir la pena de Doce (12) años, Ocho (8) meses y veinte (20) días de prisión, por el delito de FEMICIDIO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 57.1 y 58.1 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana EFRENIS CAROLINA HERRERA GÓMEZ.
El Tribunal publica el Auto de Ejecución de Sentencia de conformidad con el artículo 471 del Código Orgánico Procesal Penal, con los fundamentos de derecho que seguidamente se señalan:
ANTECEDENTES
El 23 de Febrero de 2017, el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, Sentencia al ciudadano YOVANI ALEXANDER ROJAS ALBORNOZ, titular de la cédula de identidad N° V-17.895.252, por admisión de los hechos, condenándolo a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS, OCHO (8) MESES Y VEINTE (20) DÍAS DE PRISIÓN, por el delito de FEMICIDIO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 57.1 y 58.1 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana EFRENIS CAROLINA HERRERA GÓMEZ.
I
DE LA COMPETENCIA
El artículo 471 del Código Orgánico Procesal Penal, establece:
Artículo 471. Competencia. Al tribunal de ejecución le corresponde la ejecución de las penas y medidas de seguridad impuestas mediante sentencia firme. En consecuencia, conoce de:
1. Todo lo concerniente a la libertad del penado o penada, las fórmulas alternativas de cumplimiento de pena, redención de la pena por el trabajo y el estudio, conversión, conmutación y extinción de la pena.
2. La acumulación de las penas en caso de varias sentencias condenatorias dictadas en procesos distintos contra la misma persona, si fuere el caso.
3. La realización periódica de inspecciones de establecimientos penitenciarios que sean necesarias y podrá hacer comparecer ante sí a los penados o penadas con fines de vigilancia y control… sic. (negrilla nuestra).
II
DEL CÓMPUTO DE LA PENA IMPUESTA
De la revisión de las actas que conforman las presentes actuaciones, se pudo constatar que el penado YOVANI ALEXANDER ROJAS ALBORNOZ, ya identificado, fue privado de libertad el 18 de Octubre de 2016, según Acta Policial que cursa a los folios (46 al 48), permaneciendo detenido hasta el día de hoy 18 de Abril de 2017, por lo que el tiempo de detención trascurrido es de SEIS (6) MESES. Observando que en la decisión dictada por el Tribunal en Funciones de Juicio antes indicado, se condenó al ciudadano YOVANI ALEXANDER ROJAS ALBORNOZ, a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS, OCHO (8) MESES Y VEINTE (20) DÍAS DE PRISIÓN y de conformidad con lo establecido en el artículo 476 del Código Orgánico Procesal Penal, se le debe descontar de la pena a ejecutar, la privación de libertad que sufriere el penado durante el proceso; es por lo que, una vez descontado el tiempo en que el penado estuvo privado de su libertad durante el proceso, en consecuencia, le falta por cumplir de la pena impuesta, DOCE (12) AÑOS, DOS (2) MESES Y VEINTE (20) DÍAS DE PRISIÓN, pena que terminará de cumplir el 08/07/2029.
DECISIÓN
Por todo lo expuesto, este Tribunal Único de Primera Instancia en Funciones de Ejecución, con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Ejecuta la Sentencia Condenatoria de fecha 23-02-2017, que impone al ciudadano YOVANI ALEXANDER ROJAS ALBORNOZ, titular de la cédula de identidad N° V-17.895.252, la pena contentiva de DOCE (12) AÑOS, OCHO (8) MESES Y VEINTE (20) DÍAS DE PRISIÓN, por el delito de FEMICIDIO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 57.1 y 58.1 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana EFRENIS CAROLINA HERRERA GÓMEZ. SEGUNDO: Actualiza el cómputo de pena de YOVANI ALEXANDER ROJAS ALBORNOZ, en DOCE (12) AÑOS, DOS (2) MESES Y VEINTE (20) DÍAS DE PRISIÓN, terminará de cumplir el 08/07/2029. TERCERO: Designa como lugar de Reclusión el Centro Penitenciario de la Región Andina, ubicado en San Juan de Lagunillas, estado Bolivariano de Mérida, donde cumplirá la pena impuesta. Notifíquese al Ministerio Público y Defensa, trasládese al penado para el día Viernes 28/04/2017, a las 10:30 a.m. para imponerlo de la Decisión. Remítase con Oficio, Copia Certificada al Centro Penitenciario de la Región Andina (CEPRA). Cúmplase.
ABG. VÍCTOR MACHADO BARRERA
JUEZ (S) DE EJECUCIÓN
LA SECRETARIA
ABG. MARIALEJANDRA DELFIN RUZZA
En fecha _____________, se cumplió con lo ordenado bajo los Nros______________________________________. Conste/Sria.