Tribunal de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Mérida
Mérida, once de agosto de dos mil diecisiete
207º y 158º
ASUNTO: LH61-J-2017-000048
SOLICITANTES: ARMANDO JAVIER MALDONADO FLORES y NORA CAROLINA PEÑA GARCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N°s V- 20.432.037 y V-20.434.220.
MOTIVO: DIVORCIO 185-A
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
Vista la Audiencia de fecha 10 de agosto de 2017, en la cual no hacen acto de presencia ninguna de las partes ciudadanos ARMANDO JAVIER MALDONADO FLORES y NORA CAROLINA PEÑA GARCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N°s V- 20.432.037 y V-20.434.220, a la audiencia fijada para el referido día. Esta juzgadora visto que no se han satisfecho los extremos requeridos por la norma trascrita para declarar con lugar la solicitud de divorcio 185-A. En consecuencia, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION, SUSTANCIACION Y EJECUCIÓN DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara Desistido el presente procedimiento de DIVORCIO 185-A por disposición expresa del artículo 514 de la Ley Orgánica para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en consecuencia, se declara extinguida la instancia y terminado el asunto con el archivo del expediente. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ,
Abog. BETTY BENCOMO RANGEL
LA SECRETARIA
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