REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida
Mérida, lunes cuatro (04) de diciembre de dos mil diecisiete (2017)
207º y 158º
ACTA DE DESISTIMIENTO
DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR
ASUNTO N° LP21-L-2016-000030
PARTE ACTORA: Ciudadana TANYA JOSE GARCIA LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.920.740.
ABOGADOS APODERADOS DE LA PARTE DEMANDANTE: NANCY JOSEFINA CALDERON TREJO, NELLY JOSEFINA RAMIREZ CARRERO, ELIAS BENIGNO CHIRINOS QUERALES, MERCEDES M. SALGUERO R. y otros, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 91.089, 60.952, 98.920, 133.678 y otros.
PARTE DEMANDADA: ENTIDAD DE TRABAJO GOBERNACION DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, en la persona del ciudadano RAMON ALEXIS RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, en su condición de Gobernador del Estado Bolivariano de Mérida.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: abogada ERIKA ANDREINA VIDAL BRICEÑO, titular de la cédula de identidad N° V-15.920.566, Inscrita en el IPSA bajo el número 179.816, con el carácter de apoderada judicial de la Procuraduría General del Estado Bolivariano de Mérida, según consta en el Poder especial otorgado por la Notaría Pública Primera de Mérida, inserta en los libros de autenticación bajo el Nº 43, tomo 74, de fecha 20 de Junio de 2013.
TERCERO LLAMADO A JUICIO: CORPORACION DE SALUD DEL ESTADO MERIDA (CORPOSALUD) en la persona de su Director General Dr. Denis Gómez.
APODERADA JUDICIAL DEL TERCERO LLAMADO A JUICIO: GREGORIA MAYIRA DAVILA RAMIREZ, titular de la cédula de identidad Nro. 10.102.991, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 79.222.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
En el día hábil de hoy, lunes cuatro (04) de diciembre de dos mil diecisiete (2017), siendo las 2:30 p.m., día y la hora fijado para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, este Tribunal deja constancia de la comparecencia de compareció a esta Audiencia la parte demandada representada por su apoderada judicial la abogada ERIKA ANDREINA VIDAL BRICEÑO, titular de la cédula de identidad N° V- 15.920.566, inscrita en el IPSA bajo el número 179.816, y el tercero llamado a juicio representado por su apoderada judicial la abogada GREGORIA MAYIRA DAVILA RAMIREZ, titular de la cédula de identidad Nro. 10.102.991, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 79.222, y de la incomparecencia de la parte demandante, ni por si, ni por medio de apoderado judicial debidamente acreditado para el presente juicio, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
La Juez,
Abg. María Carolina Sánchez Quintero. El Secretario,
Abg. Edinso Briceño Monsalve.
ERIKA ANDREINA VIDAL BRICEÑO GREGORIA MAYIRA DAVILA RAMIREZ
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