REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Estado Mérida.
Mérida, 05 de Diciembre de 2017
207º y 158º

ASUNTO PRINCIPAL : LP02-S-2014-000240
ASUNTO : LP02-S-2014-000240

AUTO ACORDANDO TRASLADO


Vista la solicitud de permiso presentada por el Abg. Fidel Leonardo Monsalve, en su carácter de de defensor técnico, mediante el cual solicita a favor del penado HECTOR DARIO GUILLEN ROJAS, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 20.831.651; quien actualmente se encuentra recluido en el Centro de Coordinación Policial Nº 10 de Nueva Bolivia, traslado al Registro Principal de Mesa Bolívar del estado Bolivariano de Mérida, para presentar y reconocer a su menor hijo.

En consecuencia, éste Juzgado, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley acuerda el traslado abierto del penado HECTOR DARIO GUILLEN ROJAS, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 20.831.651, desde el 06-12-2017 hasta el 06-01-2018, para que sea trasladado al Registro Principal de Mesa Bolívar del estado Bolivariano de Mérida, para presentar y reconocer a su menor hijo; instando a la Coordinación Policial Nº 10 de Nueva Bolivia, que dicho traslado debe efectuarse con las seguridades del caso. Líbrese los correspondientes oficios, notifíquese a las partes. Cúmplase.

LA JUEZA DE EJECUCIÓN

ABG. YEGNIN TORRES ROSARIO

LA SECRETARIA;

ABG. ANNY RANGEL

Se libraron oficios Nº______________________ y boletas de notificación Nº______________ conste Sria.-