JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA. Mérida, 13 de diciembre de 2017.

206º y 158º

Vista la diligencia de fecha 28 de noviembre de 2017, suscrita por el abogado CESAR RANGEL GARCIA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 57.916, actuando en nombre y representación del ciudadano MANUEL ROQUE FRANCO PACHECO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.458.753, parte co-actora y la ciudadana JEANNETH ZARIFY HALABI ABI HASSAN, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.074.701, parte co-actora, asistida por el abogado CESAR RANGEL GARCIA, por una parte y por la otra el ciudadano LUIS DAVID VALENCIA MORENO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.039.981, parte demandada, asistido por el abogado AGUSTIN CUESTA MAGGIOLO, mediante la cual celebran una transacción que pone fin al juicio y solicitan se homologue la misma. En consecuencia, el Tribunal de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, homologa dicha transacción, le imparte el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa, da por terminado el juicio pero no ordena el archivo del expediente hasta que no conste de autos el total cumplimiento de la obligación. Y así se decide.

LA JUEZ PROVISORIA,

ABG. EGLIS MARIELA GASPERI VARELA
LA SECRETARIA,

ABG. HEYNI D. MALDONADO G.