Tribunal de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Mérida
Mérida, dieciocho de julio de dos mil diecisiete
207º y 158º
ASUNTO : LP61-V-2017-000126
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: DAILYN DAYANA ALCALA RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.922.696
DEMANDADO: LEONARDO JOSE PEÑA ARAUJO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-18.309.578
MOTIVO: REVISION AUMENTO DE LA OBLIGACION DE MANUTENCION
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
Vista el acta de fecha 17/07/2017 y presentes los ciudadanos DAILYN DAYANA ALCALA RAMIREZ y LEONARDO JOSE PEÑA ARAUJO, llegaron al presente convenimiento de Revisión por Aumento de la obligación de manutención en beneficio de su hijo SE OMITE NOMBRE ART. 65 LOPNNA, de 4 años de edad, en los siguientes términos: PRIMERO: El padre se compromete a sufragar la cantidad de CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs.50.000,00) mensuales a favor de su hijo. Los cuales serán entregados a la madre, los cinco primeros días de cada mes. Incrementándose al año en un 25% sobre la cantidad antes indicada. SEGUNDO: en cuanto a los bonos especiales ambos padres se comprometen en cubrir los gastos que se generen por concepto del inicio del año escolar para el mes de agosto, todo lo relacionado a útiles escolares, uniformes y calzado de su hijo. Para el mes de diciembre por concepto de festividades navideñas ambos padres se comprometen en comprar un estreno para el niño, incluyendo el calzado. TERCERO: ambos padres se comprometen en cubrir en un 50% todos los gastos que se generen con respecto a las actividades extracurriculares, medicinas, consultas médicas generales, que requieran su hijo, a los fines de garantizar el desarrollo integral de su hijo. Las partes manifiestan su conformidad y solicitan se homologue el presente acuerdo y se cierre el expediente. Oídas las exposiciones de las partes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: Homologar el acuerdo total celebrado entre los ciudadanos DAILYN DAYANA ALCALA RAMIREZ y LEONARDO JOSE PEÑA ARAUJO, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada. Se ordena el cierre del expediente y el archivo del mismo. Así se decide. Certifíquese por Secretaría, la (s) copia (s) fotostática (s) de la decisión dictada en esta misma fecha, de conformidad con los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZ
ABOG. ZULMA CARRERO DE ARAQUE
SECRETARIA
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