Tribunal de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Mérida
Mérida, veintiocho (28) de julio de dos mil diecisiete
207º y 158º

ASUNTO : LP61-V-2017-000150

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: MARISOL TERESA CHACON SALCEDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-20.847.630
DEMANDADO: MARYABITH DEL CALLE ARTEAGA CHACON y DEIVY JOSE GARCIA LOBO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-20.847.630 y V-16.655.316
MOTIVO: COLOCACION FAMILIAR
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
Vista la diligencia de fecha 17 de julio de 2017, suscrita por el Fiscal Auxiliar Décimo Quinto del Ministerio Publico, Abog. FREDDY JOSE LUCENA RUIZ, quien manifiesta que las partes involucradas, es decir las ciudadanas MARISOL TERESA CHACON SALCEDO y MARYABITH DEL CALLE ARTEAGA CHACON, parte demandante y demandada de autos en el presente procedimiento, mediante acta de fecha 20 de junio de 2017, manifestaron su voluntad de desistir del presente procedimiento. En consecuencia, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: HOMOLOGAR EL DESISTIMIENTO suscrito por la parte identificada en autos, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, dando carácter de cosa juzgada y ordena el archivo del ASUNTO: LP61-V-2017-000150 de Colocación Familiar. En consecuencia, se ordena el cierre y la remisión del presente asunto al archivo judicial. Certifíquese por Secretaría, la (s) copia (s) fotostática (s) de la decisión dictada en esta misma fecha, de conformidad con los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase lo ordenado
LA JUEZ
ABOG. ZULMA CARRERO DE ARAQUE
SECRETARIA
ABOG. YURAIMA PEÑA DE ROJAS