Tribunal de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Mérida
Mérida, catorce de junio de dos mil diecisiete
207º y 158º

ASUNTO : LP61-J-2017-000023

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
SOLICITANTE: ANGELYS ESTEFANY VERA SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-25.475.224
MOTIVO: NOMBRAMIENTO DE CURADOR AD-HOC
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
En el día de hoy, miércoles 14/06/2017, se deja constancia de la incomparecencia de la ciudadana ANGELYS ESTEFANY VERA SANCHEZ, ni por si, ni por medio de apoderado judicial, a la audiencia fijada para el día de hoy. En consecuencia, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA el DESISTIMIENTO del presente procedimiento y terminado el proceso de conformidad a lo establecido en el artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente. En consecuencia, se ordena el cierre y la remisión del presente asunto al archivo judicial. Así se decide. Certifíquese por Secretaría, la (s) copia (s) fotostática (s) de la decisión dictada en esta misma fecha, de conformidad con los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase lo ordenado
LA JUEZ
ABOG. DOANA RIVERA HERRERA
SECRETARIA

DRH/wasc