Tribunal de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Mérida
Mérida, veinte de junio de dos mil diecisiete
207º y 158º

ASUNTO : LP61-V-2017-000154

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: ELIDE DANIEL FERNANDEZ HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.895.255
DEMANDADA: SANDY JANEIRA SALAS VILLARREAL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-22.658.830
MOTIVO: FIJACION DE REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
Vista el acta de fecha 19-6-2017, los ciudadanos ELIDE DANIEL FERNANDEZ HERNANDEZ y SANDY JANEIRA SALAS VILLARREAL, llegaron al presente convenimiento de fijación de régimen de convivencia familiar en beneficio de su hija SE OMITE NOMBRE ART. 65 LOPNNA, de 2 años de edad, en los siguientes términos: El padre podrá buscar a su hija todos los días domingo de la semana desde las 9:00 am retornándola a las 6 .00 pm al hogar de la madre, entre semana, el padre buscará a la niña en el hogar de la madre o en el hogar de cuidado en el transcurso de la tarde. Posteriormente en el mes de diciembre el padre compartirá desde el 28 de diciembre hasta el 03 de enero con su hija. El año siguiente alternará con la madre la semana del 24 de diciembre. La época de ausento como carnaval y semana santa, el padre podrá compartir con su hija, cada asueto, de manera continua, alternando con la madre cada año. Cuando la niña tenga la edad escolar, el padre compartirá con su hija el 50% del tiempo de receso con su padre, fijando las fechas previo acuerdo con la madre. Ambos padres se comprometer a mantener una relación cordial en nombre de su hija. Las partes manifiestan su conformidad y solicitan se homologue el presente acuerdo y se cierre el expediente. Oídas las exposiciones de las partes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: Homologar el acuerdo total celebrado entre los ciudadanos ELIDE DANIEL FERNANDEZ HERNANDEZ y SANDY JANEIRA SALAS VILLARREAL, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada. Se ordena el cierre del expediente y el archivo del mismo. Así se decide. Certifíquese por Secretaría, la (s) copia (s) fotostática (s) de la decisión dictada en esta misma fecha, de conformidad con los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase lo ordenado.

LA JUEZ


ABOG. DOANA RIVERA HERRERA
SECRETARIA