En horas de despacho del día de hoy viernes, nueve (09) de junio de dos mil diecisiete (2017), siendo las nueve y treinta de la mañana (09:30 a.m.) oportunidad fijada por este Tribunal para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Conciliatoria en el presente juicio de conformidad con el artículo 257 del Código de Procedimiento Civil y constituido este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano Mérida, en la sala de Despacho del mismo, se deja constancia de que se encuentra presente la parte demandante ciudadana HAZEL CATHERINA FLORES HOLE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-10.717.042, de este domicilio y hábil asistida del Abogado JOHNATTAN MICHEL QUINTERO ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, inscrito en el INPREABOGADO bajo el número 127.805, titular de la cédula de identidad número V-15.755.126, de este domicilio y jurídicamente hábil; igualmente se encuentra presente la parte demandada ciudadana ILVA MARÍA TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-4.491.590, de este domicilio y civilmente hábil, asistida por la Defensora Pública Provisoria Abogada ANDREÍNA PUENTES, venezolana, mayor de edad, inscrita en el INPREABOGADO bajo el número 103.369, titular de la cédula de identidad número V-14.267.034, de este domicilio y jurídicamente hábil, quienes luego de haber sido exhortados por la Juez a llegar a la conciliación, convinieron en suspender la presente causa de conformidad con el artículo 202 del Código de Procedimiento Civil por un lapso de diez (10) días hábiles de despacho a partir de la presente fecha exclusive, para el día veintitrés (23) de junio de dos mil diecisiete (2.017) a las ocho y treinta de la mañana (08:30 am). Acto seguido este Tribunal visto el planteamiento de las partes acuerda conforme a lo solicitado. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-

LA JUEZ

ABG. MARÍA ELCIRA MARÍN OSORIO

LA DEMANDANTE

LA DEMANDADA
LA DEFENSORA PÚBLICA PROVISORIA

EL……
SECRETARIO

ABG. ARMANDO JOSÉ PEÑA


En la misma fecha se copió y publicó, siendo las nueve y treinta minutos de la mañana (09:30 a.m.). Quedando su asiento en el libro diario bajo el número 02.-


Srio.