REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida
Mérida, nueve (9) de marzo de dos mil diecisiete (2017)
206°-158°
ASUNTO PRINCIPAL: LP21-N-2016-000006
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
-I-
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
RECURRENTE: Coca Cola Femsa de Venezuela S.A. (antes Panamco de Venezuela, S.A.), domiciliada en la ciudad de Mérida, capital del Estado Bolivariano de Mérida.
ABOGADO REPRESENTANTE DE LA PARTE RECURRENTE: ALVARO SANDIA BRICEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 2.459.331, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 4.089, domiciliado en la ciudad de Mérida, capital del Estado Bolivariano de Mérida.
TERCERO INTERESADO: Sindicato Socialista de Trabajadores FEMSA (SINSOTRAFEM) representante legal ciudadano Omar Araque y José Toro.
MOTIVO: RECURSO DE NULIDAD CONTRA LOS AUTOS de fecha 25 de febrero de 2016, y 07 de abril de 2016, en el expediente N° 046-2015-05-00003.
-II-
DEL DESISTIMIENTO DEL RECURSO DE NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO
Verifica quién aquí sentencia que a las actas procesales, específicamente al folio 577, consta diligencia suscrita por el abogado Alvaro Sandia Briceño en donde se lee:
“(…) Con el carácter de autos, y cumpliendo instrucciones de mi representada, desisto del presente recurso de nulida(…)” (Cursivas de este Tribunal).
Así las cosas, atendiendo a la diligencia suscrita por el apoderado judicial de la empresa solicitante de la Nulidad del Acto Administrativo, en donde desiste de dicho recurso, este Juzgador ordena el cierre y archivo del presente expediente. Y así se decide.
-III-
DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas, es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
Primero: Visto el Desistimiento del Recurso de Nulidad del Acto Administrativo intentado por COCA-COLA FEMSA DE VENEZUELA S.A. (antes PANAMCO DE VENEZUELA) identificado en autos, se ordena el cierre y archivo del presente expediente.
Dada, Firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en la ciudad de Mérida, a los nueve (9) días del mes de marzo de dos mil diecisiete (2017). Años 206° de la Independencia y 158° de la Federación.
El Juez.
Abg. Alirio Osorio
El Secretario.
Abg. Edinso Briceño
En la misma fecha, siendo las nueve y veintitrés (9:23 a.m.) minutos de la mañana, se publicó y registró el fallo que antecede. Ordenándose publicar, registrar y asentar en el índice del copiador de sentencias los datos del presente fallo, dejándose la nota que el mismo se encuentra registrado en el documento Word 0 del Sistema Juris 2000 que sería una copia digitalizada, advirtiendo que se ordena ejecutarlo de esa manera, por no poseer insumos para fotocopiar y agregarlo al copiador de sentencias en físico.
El Secretario.
Abg. Edinso Briceño
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