TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA.- Mérida, catorce (14) de marzo de dos mil diecisiete (2.017).-
206° y 157°
Estando dentro de la oportunidad prevista en el artículo 881 del Código de Procedimiento Civil, es por lo que este Tribunal pasa a providenciar las pruebas promovidas por las partes intervinientes:
PRIMERO: Vista las pruebas documentales aportada por la parte demandada mediante diligencia de fecha trece (13) de marzo de dos mil diecisiete (2.017), por cuanto se evidencia que las mismas no son manifiestamente ilegales o impertinentes, esta Juzgadora la ADMITE cuanto a lugar en derecho se requiere salvo su apreciación en la definitiva. En cuanto a la prueba de informe solicitada por cuanto se evidencia que la misma no es manifiestamente ilegal o impertinente, esta Juzgadora la ADMITE cuanto a lugar en derecho se requiere salvo su apreciación en la definitiva, en consecuencia, este Tribunal ordena oficiar al BANCO PROVINCIAL, Agencia El Viaducto de esta ciudad de Mérida Estado Bolivariano de Mérida, a los fines indicados en el mismo.
SEGUNDO: Vista las pruebas documentales aportada por la parte demandante mediante escrito de fecha trece (13) de marzo de dos mil diecisiete (2.017), por cuanto se evidencia que las mismas no son manifiestamente ilegales o impertinentes, esta Juzgadora la ADMITE cuanto a lugar en derecho se requiere salvo su apreciación en la definitiva.
DADO, SELLADO Y FIRMADO EN LA SALA DE DESPACHO DE ESTE TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. En la ciudad de Mérida, a los catorce (14) días del mes de marzo de dos mil diecisiete (2.017). Años 206º de la Independencia y 158º de la Federación.-
LA JUEZ
ABG. THAIS A. FLORES MORENO
EL SECRETARIO
ABG. ARMANDO JOSÉ PEÑA
En la misma fecha se copió y publicó, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.). Quedando su asiento en el libro diario bajo el N° 01. Se oficio bajo el N° 148.-
SRIO.
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