Tribunal de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Mérida
Mérida, diez de mayo de dos mil diecisiete
207º y 158º
ASUNTO : LH61-V-2016-000217
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: NALLYBE INMACULADA CONTRERAS RONDON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.238.271
DEMANDADO: DANIEL ENRIQUE GARCIA MONTAÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 20.014.067
MOTIVO: FIJACION DE OBLIGACION DE MANUTENCION Y BONOS
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
En el día de hoy, miércoles 10/05/2017, se deja constancia de la incomparecencia de la parte demandante y demandado ciudadanos Y NALLYBE INMACULADA CONTRERAS RONDON y DANIEL ENRIQUE GARCIA MONTAÑA, ni por si, ni por medio de apoderado judicial, a la audiencia fijada para el día de hoy. En consecuencia, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA el DESISTIMIENTO del presente procedimiento y terminado el proceso de conformidad a lo establecido en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente. En consecuencia, se ordena el cierre y la remisión del presente asunto al archivo judicial. Así se decide. Certifíquese por Secretaría, la (s) copia (s) fotostática (s) de la decisión dictada en esta misma fecha, de conformidad con los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZ
ABOG. DOANA RIVERA HERRERA
SECRETARIA
ABOG. YURAIMA PEÑA DE ROJAS
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