REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Único de Primera Instancia en Funciones de Ejecución con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida.
Mérida, 10 de Mayo de 2017
207º y 158º
ASUNTO PRINCIPAL : LP02-S-2013-001483
ASUNTO : LP02-S-2013-001483
AUTO FUNDADO DE EJECÚTESE DE SENTENCIA.
Quien suscribe Abg. Víctor Machado Barrera, quien fue designado como Juez suplente de Primera Instancia con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, en fecha 19/02/2016 según Oficio Nº CJ-16-0439 emanado de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, debidamente juramentado según Acta Nº 58, por el Presidente del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, siendo que la Coordinación me ha designado y autorizado mediante Oficio Nº VCMOFO20170000149, para que cubra el Despacho del Tribunal Único de Primera Instancia en Funciones de Ejecución con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, a cargo del Juez Abg. Arquímedes Monzón Hernández, por reposo médico, en consecuencia me aboco al conocimiento de la presente causa. En fecha 22 de Enero de 2014, el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer, sentencia al ciudadano JAVIER BENITO VELANDRIA SOTO, titular de la cédula de identidad N° V-10.896.394, venezolano, natural del estado Zulia, nacido en fecha: 01/08/1965, de 51 años de edad, estado civil: soltero, de profesión u oficio: comerciante, hijo de la ciudadana Neida Josefina Velandria Soto (F) y del ciudadano Italo Ramón Velandria Soto (F), con domicilio en: Avenida Las Américas, Sector Santa Bárbara Oeste, Calle 2, Casa 1-14, Municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida, teléfono: 0424-7525922, Revoca la Suspensión condicional del proceso, condenándolo por admisión de hechos, a cumplir la pena de Dieciocho (18) meses de prisión, por el delito VIOLENCIA FÍSICA AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 42 encabezamiento y segundo aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, ocasionado en perjuicio de la ciudadana GAUDIS JACKELINE ZAMBRANO PESTANA. Este Tribunal publica el Auto de Ejecución de Sentencia de conformidad con el artículo 471 del Código Orgánico Procesal Penal, con los fundamentos de derecho que seguidamente se señalan:
ANTECEDENTES
En fecha 22 de Enero de 2014, el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer, Revoca la Suspensión condicional del proceso, condenándolo por admisión de hechos, a cumplir la pena de Dieciocho (18) meses de prisión, por el delito VIOLENCIA FÍSICA AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 42 encabezamiento y segundo aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, ocasionado en perjuicio de la ciudadana GAUDIS JACKELINE ZAMBRANO PESTANA.
DECISIÓN
Por todo lo expuesto, este Tribunal Único de Primera Instancia en Funciones de Ejecución, con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Ejecuta la Sentencia Condenatoria de fecha 22-01-2014 (folios 117 y 119), que impone al ciudadano JAVIER BENITO VELANDRIA SOTO, titular de la cédula de identidad N° V-10.896.394, la pena contentiva de Dieciocho (18) meses de prisión, por el delito VIOLENCIA FÍSICA AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 42 encabezamiento y segundo aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, ocasionado en perjuicio de la ciudadana GAUDIS JACKELINE ZAMBRANO PESTANA. SEGUNDO: Establece que el penado JAVIER BENITO VELANDRIA SOTO, titular de la cédula de identidad N° V-10.896.394, podrá optar a la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, una vez presente Oferta de trabajo, Constancia de residencia y se comprometa a cumplir con las condiciones establecidas por el Tribunal, de conformidad con el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Notifíquese al Ministerio Público y a la Defensa. Se fija Audiencia para el día viernes doce (12) de Mayo de dos mil diecisiete (2017), a las 2:15 pm, para imponer al penado de la presente decisión. Cúmplase.
ABG. VÍCTOR MACHADO BARRERA
JUEZ (S) DE EJECUCIÓN
LA SECRETARIA
ABG. MARIALEJANDRA DELFIN
En fecha ___________, se cumplió con lo ordenado bajo los Nros________________________________________. Conste/Sria.