Tribunal de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Mérida
Mérida, tres de noviembre de dos mil diecisiete
207º y 158º
ASUNTO: LH61-V-2002-000031
Revisado como ha sido el presente expediente, y por cuanto se evidencia en la partida de nacimiento N° 447, inserta al folio 05 de la presente causa, que el ciudadano JINNER AGUSTIN MENDEZ MANCILLA, alcanzo la mayoría de edad, en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el Artículo 2 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente, en concordancia con el Artículo 18 del Código Civil Venezolano, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, CON SEDE EN MERIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: el cierre del presente expediente Nº LH61-V-2002-000031, DEMANDANTE: ELIZABETH AYARI MANCILLA REINOZA. DEMANDADO: JIM MELQUIADES MENDEZ DIAZ. MOTIVO: OBLIGACION DE MANUTENCION. FECHA DE ENTRADA: DIA: 17, MES: ENERO, AÑO: 2.002 y su remisión al Archivo Judicial. CÚMPLASE.
LA JUEZ
ABG. BETTY BENCOMO RANGEL
LA SECRETARIA
ABG. ÁMBAR PARRA PEÑA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado
La Secretaria
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