REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Mérida
Mérida, 07 de noviembre de 2017
207º y 158º


CASO PRINCIPAL : LP02-S-2017-002716
CASO : LP02-S-2017-002716


AUTO
Por cuanto en fecha 30-10-2017, se recibió por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de este Circuito Judicial Penal, escrito presentado por las abogadas AUXILIADORA ARIAS DE CARABALLO Y NANCY ANDREA ARIAS MENDEZ, apoderadas de la ciudadana YSBELIA ROSA ALBORNOZ, donde solicitan la admisión de la Querella conforme a lo establecido en los artículos 85 y 86 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las mujeres a una Vida Libre de Violencia, toda vez que, cursa bajo este tribunal causa penal N° LP02-S-2016-002765, donde funge como víctima la ciudadana YSBELIA ROSA ALBORNOZ, en consecuencia, una vez revisada la presente solicitud, se percata este juzgador que en fecha 10-10-2017, la representación de Ministerio Publico presentó acusación en contra del ciudadano IVAN DARIO RONDON DUARTE, es decir, da termino a la fase de investigación, y es en fecha 30-10-2017 que se presenta escrito de Querella, ahora bien, motivado que la causa penal N° LP02-S-2016-002765 se encuentra en fase intermedia con audiencia preliminar ya fijada por este tribunal, este juzgador acuerda: PRIMERO: realizar pronunciamiento del escrito presentado en fecha 30-10-2017, el día fijado para la realización de la audiencia preliminar, es decir, el día 21-12-2017 a las 11:00 a.m., siendo esta la oportunidad respectiva para ejercer el control judicial tanto de la acusación como de la solicitud antes descrita. SEGUNDO: Se acuerda notificar a las partes de la presente decisión. TERCERO: se acuerda agregar la solicitud signada con el N° LP02-S-2017-002716 a la causa LP02-S-2016-002765, Así se decide.
Igualmente en fecha 27-10-2017, se recibió escrito del abogado HERMES JAVIER GARCIA ROJAS, donde solicita copias simples de la causa LP02-S-2016-002765, este tribuna acuerda certificar dichas copias, una vez la parte solicitante haya consignado las copias simples a certificar. Así se decide.


EL JUEZ DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS Nº 01.
ABG. EDGAR ALEXANDER MIR RIVAS

LA SECRETARIA;
ABG. EMMA ALVAREZ



En fecha____________se cumplió con lo ordenado, librándose oficio Nº___________________La Sria;.